Recurso de alzada

Avatar de Usuario

Autor
InfanteM

Soldado
Mensajes: 22
Registrado: Mié, 21 Ene 2015, 16:32
Medallas: 1

Recurso de alzada

Mensaje por InfanteM »

Buenas a todos internautas, tengo una cuestión que exponer y me gustaría saber si hay alguien por aquí que me pudiera orientar, que haya pasado por algo parecido o que sea conocedor de algún caso similar.

El tema es que llevo ya unas diez convocatorias a mis espaldas (que se dice pronto) en el transcurso de unos siete años de mi vida.
Cuando tuve que estudiar más por que mis notas eran bajas, lo hice. Cuando tuve que aumentar mi baremo de alguna forma para tratar de competir con gente que tenía carreras universitarias ya que sólo disponía de la ESO y el carnet B (sacándome el carnet C con toda la inversión que consigo conlleva en términos de tiempo, esfuerzo y dinero) lo hice.
Me han echado para atrás siempre, ya sea por notas, en el médico, en el psicólogo, estando de reserva y también de titular.
He recurrido dos veces la segunda fase teniendo que ir al Hospital Militar de Zaragoza, dándome un no apto de nuevo, en el 2015 por un K6 creo recordar y la última vez fue este año en el primer ciclo de 2019 que me dieron no apto por un K9 además de un C14 estando de titular en Infantería de Marina con un 5.825 de nota.
No se si es por terquedad, por orgullo o por que la esperanza es lo último que se pierde, pero aún sigo teniendo pensado presentarme a pesar de todas las trabas, hasta que cumpla el límite de edad que será cuando tenga que dar por concluida esta cruzada.

Creo haber agotado todos las posibilidades, aunque hay algo que todavía no he hecho y se trata del recurso de alzada que se puede interponer contra la resolución que se dictamina en el reconocimiento médico del Hospital Militar, y que se realiza en el plazo de un mes ante el Subsecretario de Defensa.

He estado mirando el BOE sobre el asunto, pero no me queda muy claro en qué consiste este recurso ni cual es su procedimiento y me gustaría saber si hay alguien que me pueda iluminar un poco sobre el tema, y si realmente esta última vía tiene alguna utilidad o simplemente no conduce a ningún sitio y sólo sirve para estirar un chicle que ya está muy masticado.

Gracias a todos y saludos!

Luchador sin batalla que ganar
apartado en el olvido
Secuestrado contra tu voluntad
desconociendo el futuro
Cansado de esperar una señal
que no acaba de llegar
Harto de ver los días pasar
Sin que no ocurra nada

Medalla Balmis

Avatar de Usuario

Aleksandr2033

Comandante
Mensajes: 1079
Registrado: Lun, 15 Abr 2019, 14:51
Medallas: 20
Ubicación: Madrid

Re: Recurso de alzada

Mensaje por Aleksandr2033 »

InfanteM escribió: Jue, 12 Dic 2019, 13:39 Buenas a todos internautas, tengo una cuestión que exponer y me gustaría saber si hay alguien por aquí que me pudiera orientar, que haya pasado por algo parecido o que sea conocedor de algún caso similar.

El tema es que llevo ya unas diez convocatorias a mis espaldas (que se dice pronto) en el transcurso de unos siete años de mi vida.
Cuando tuve que estudiar más por que mis notas eran bajas, lo hice. Cuando tuve que aumentar mi baremo de alguna forma para tratar de competir con gente que tenía carreras universitarias ya que sólo disponía de la ESO y el carnet B (sacándome el carnet C con toda la inversión que consigo conlleva en términos de tiempo, esfuerzo y dinero) lo hice.
Me han echado para atrás siempre, ya sea por notas, en el médico, en el psicólogo, estando de reserva y también de titular.
He recurrido dos veces la segunda fase teniendo que ir al Hospital Militar de Zaragoza, dándome un no apto de nuevo, en el 2015 por un K6 creo recordar y la última vez fue este año en el primer ciclo de 2019 que me dieron no apto por un K9 además de un C14 estando de titular en Infantería de Marina con un 5.825 de nota.
No se si es por terquedad, por orgullo o por que la esperanza es lo último que se pierde, pero aún sigo teniendo pensado presentarme a pesar de todas las trabas, hasta que cumpla el límite de edad que será cuando tenga que dar por concluida esta cruzada.

Creo haber agotado todos las posibilidades, aunque hay algo que todavía no he hecho y se trata del recurso de alzada que se puede interponer contra la resolución que se dictamina en el reconocimiento médico del Hospital Militar, y que se realiza en el plazo de un mes ante el Subsecretario de Defensa.

He estado mirando el BOE sobre el asunto, pero no me queda muy claro en qué consiste este recurso ni cual es su procedimiento y me gustaría saber si hay alguien que me pueda iluminar un poco sobre el tema, y si realmente esta última vía tiene alguna utilidad o simplemente no conduce a ningún sitio y sólo sirve para estirar un chicle que ya está muy masticado.

Gracias a todos y saludos!
No creo que pueda ayudarte pero déjame decirte que ole tus huevos por 10 convocatorias sin perder la esperanza, yo ya me hubiera pillado una depresión de narices xd

Sin embargo, yo recurri al Gomez Ulla en el primer ciclo del 2019(aunque de todas formas tenía una nota de mierda y no iba a ir a ninguna parte...) con dos motivos de exclusión psicológicas y que luego me retiraron. De todos los que estuvieron conmigo ese día, había uno que a decir verdad no parecía enterarse de nada, era un chaval un poco lento y no pensé que fuese a poder recurrir con éxito, pero luego le vi el dia de las pruebas físicas con todo lo del psicólogo aprobado vaya!

Yo te recomiendo que sigas recurriendo... Todo lo demás que pueda decirte creo que lo sabrás de sobra.

Cruz Laureada de San Fernando Gran cruz de San Hermenegildo Placa de San Hermenegildo Encomienda de San Hermenegildo Medalla militar Cruz de guerra Cruz de Carlos III 1ª Mérito Militar III Mérito Militar II Mérito Militar I Mérito Naval I Cruz de Alfonso X Cruz de San Hermenegildo Medalla Balmis Cruz del Aniversario

Avatar de Usuario

Adhara

Subteniente
Mensajes: 422
Registrado: Mié, 07 Feb 2018, 15:51
Medallas: 8

Re: Recurso de alzada

Mensaje por Adhara »

InfanteM escribió: Jue, 12 Dic 2019, 13:39 Buenas a todos internautas, tengo una cuestión que exponer y me gustaría saber si hay alguien por aquí que me pudiera orientar, que haya pasado por algo parecido o que sea conocedor de algún caso similar.

El tema es que llevo ya unas diez convocatorias a mis espaldas (que se dice pronto) en el transcurso de unos siete años de mi vida.
Cuando tuve que estudiar más por que mis notas eran bajas, lo hice. Cuando tuve que aumentar mi baremo de alguna forma para tratar de competir con gente que tenía carreras universitarias ya que sólo disponía de la ESO y el carnet B (sacándome el carnet C con toda la inversión que consigo conlleva en términos de tiempo, esfuerzo y dinero) lo hice.
Me han echado para atrás siempre, ya sea por notas, en el médico, en el psicólogo, estando de reserva y también de titular.
He recurrido dos veces la segunda fase teniendo que ir al Hospital Militar de Zaragoza, dándome un no apto de nuevo, en el 2015 por un K6 creo recordar y la última vez fue este año en el primer ciclo de 2019 que me dieron no apto por un K9 además de un C14 estando de titular en Infantería de Marina con un 5.825 de nota.
No se si es por terquedad, por orgullo o por que la esperanza es lo último que se pierde, pero aún sigo teniendo pensado presentarme a pesar de todas las trabas, hasta que cumpla el límite de edad que será cuando tenga que dar por concluida esta cruzada.

Creo haber agotado todos las posibilidades, aunque hay algo que todavía no he hecho y se trata del recurso de alzada que se puede interponer contra la resolución que se dictamina en el reconocimiento médico del Hospital Militar, y que se realiza en el plazo de un mes ante el Subsecretario de Defensa.

He estado mirando el BOE sobre el asunto, pero no me queda muy claro en qué consiste este recurso ni cual es su procedimiento y me gustaría saber si hay alguien que me pueda iluminar un poco sobre el tema, y si realmente esta última vía tiene alguna utilidad o simplemente no conduce a ningún sitio y sólo sirve para estirar un chicle que ya está muy masticado.

Gracias a todos y saludos!
El recurso de alzada se interpone ante el superior del cual venga la resolución de lo que tienes, tienes que hacer un papel exponiendo lo que no estés de acuerdo y poner finalmente lo que solicitas, si tienes algún papel que puedas aportar también lo puedes meter junto con el recurso, lo mejor es que vayas a la subdelegacion que te corresponda ya que son los intermediarios y también te pueden orientar, un saludo.

Encomienda de San Hermenegildo Medalla militar Cruz de San Hermenegildo Medalla Balmis Cruz del Aniversario

Avatar de Usuario

Autor
InfanteM

Soldado
Mensajes: 22
Registrado: Mié, 21 Ene 2015, 16:32
Medallas: 1

Re: Recurso de alzada

Mensaje por InfanteM »

Aleksandr2033 escribió: Jue, 12 Dic 2019, 16:34 No creo que pueda ayudarte pero déjame decirte que ole tus huevos por 10 convocatorias sin perder la esperanza, yo ya me hubiera pillado una depresión de narices xd

Sin embargo, yo recurri al Gomez Ulla en el primer ciclo del 2019(aunque de todas formas tenía una nota de mierda y no iba a ir a ninguna parte...) con dos motivos de exclusión psicológicas y que luego me retiraron. De todos los que estuvieron conmigo ese día, había uno que a decir verdad no parecía enterarse de nada, era un chaval un poco lento y no pensé que fuese a poder recurrir con éxito, pero luego le vi el dia de las pruebas físicas con todo lo del psicólogo aprobado vaya!

Yo te recomiendo que sigas recurriendo... Todo lo demás que pueda decirte creo que lo sabrás de sobra.
Hombre, he de decir que también he tenido mis momentos de bajón y de querer abandonar como comprenderás. No soy de acero.
Pero bueno lejos de hundirme, lo que ha conseguido hacer ha sido alentarme y afianzarme todavía más en lo que yo deseaba y deseo, que es entrar en Infantería de Marina.
Y si, la verdad es que después ves a cada uno por ahí que no sabes ni como ha conseguido pasar las pruebas, que se dan de baja el primer día o ni tan si quiera se presentan a los centros de formación. En fin, ya conoces el refrán: Dios le da pan al que no tiene dientes.

Se agradecen los ánimos, seguiremos en la lucha.

Luchador sin batalla que ganar
apartado en el olvido
Secuestrado contra tu voluntad
desconociendo el futuro
Cansado de esperar una señal
que no acaba de llegar
Harto de ver los días pasar
Sin que no ocurra nada

Medalla Balmis

Avatar de Usuario

Autor
InfanteM

Soldado
Mensajes: 22
Registrado: Mié, 21 Ene 2015, 16:32
Medallas: 1

Re: Recurso de alzada

Mensaje por InfanteM »

Alejandra93 escribió: Vie, 13 Dic 2019, 13:39 El recurso de alzada se interpone ante el superior del cual venga la resolución de lo que tienes, tienes que hacer un papel exponiendo lo que no estés de acuerdo y poner finalmente lo que solicitas, si tienes algún papel que puedas aportar también lo puedes meter junto con el recurso, lo mejor es que vayas a la subdelegación que te corresponda ya que son los intermediarios y también te pueden orientar, un saludo.
Vale, entiendo pues, que este recurso es como una "carta" que yo mismo he de redactar exponiendo los motivos por los cuales no me parece acertada la resolución final del tribunal médico militar, en la que puedo adjuntar informes médicos y que va directamente al superior por orden jerárquico de dicho tribunal, no?
Pues me parece un poco chorra, sinceramente, es como una de las preguntas que te realizan en el cuestionario médico:
¿Tiene usted alguna enfermedad que bajo su criterio le incapacite ejercer la profesión de militar?
¿Que clase de pregunta es esa? ¿Me presentaría a la oposición si supiese que tengo algo que pudiera limitarme en mis funciones? ¿Que crees que te voy a contestar?

En fin, volviendo al tema, que no quiero desviarme, creo haber leído que dicho recurso tiene un plazo máximo de hasta tres meses para obtener una respuesta y que si pasado ese plazo no ha habido respuesta alguna, se entiende que se ha desestimado la petición. ¿Tres meses de espera puedes pasarte? ¿Y si por casual te dan el visto bueno a los dos meses pero la convocatoria en la que se ha gestionado todo este trámite ya se ha vencido, te tienes que esperar ya hasta la próxima? Suponiendo que en la próxima no volvieran a echarte para atrás, aunque entiendo que con la resolución final en mano, no habría ningún problema en repetir el procedimiento sin tener que pasar otra vez por lo mismo (a parte que entraríamos en un bucle infinito).

Gracias por la info, de todas formas haré lo que me has comentado, me pasaré por la subde y a ver si me pueden asesorar en el tema.
Un saludo.

Luchador sin batalla que ganar
apartado en el olvido
Secuestrado contra tu voluntad
desconociendo el futuro
Cansado de esperar una señal
que no acaba de llegar
Harto de ver los días pasar
Sin que no ocurra nada

Medalla Balmis

Avatar de Usuario

AdaCanaryIslands

Sargento Primero
Mensajes: 154
Registrado: Jue, 01 Jun 2017, 17:51
Medallas: 6

Re: Recurso de alzada

Mensaje por AdaCanaryIslands »

InfanteM escribió: Vie, 13 Dic 2019, 16:42 Vale, entiendo pues, que este recurso es como una "carta" que yo mismo he de redactar exponiendo los motivos por los cuales no me parece acertada la resolución final del tribunal médico militar, en la que puedo adjuntar informes médicos y que va directamente al superior por orden jerárquico de dicho tribunal, no?
Pues me parece un poco chorra, sinceramente, es como una de las preguntas que te realizan en el cuestionario médico:
¿Tiene usted alguna enfermedad que bajo su criterio le incapacite ejercer la profesión de militar?
¿Que clase de pregunta es esa? ¿Me presentaría a la oposición si supiese que tengo algo que pudiera limitarme en mis funciones? ¿Que crees que te voy a contestar?

En fin, volviendo al tema, que no quiero desviarme, creo haber leído que dicho recurso tiene un plazo máximo de hasta tres meses para obtener una respuesta y que si pasado ese plazo no ha habido respuesta alguna, se entiende que se ha desestimado la petición. ¿Tres meses de espera puedes pasarte? ¿Y si por casual te dan el visto bueno a los dos meses pero la convocatoria en la que se ha gestionado todo este trámite ya se ha vencido, te tienes que esperar ya hasta la próxima? Suponiendo que en la próxima no volvieran a echarte para atrás, aunque entiendo que con la resolución final en mano, no habría ningún problema en repetir el procedimiento sin tener que pasar otra vez por lo mismo (a parte que entraríamos en un bucle infinito).

Gracias por la info, de todas formas haré lo que me has comentado, me pasaré por la subde y a ver si me pueden asesorar en el tema.
Un saludo.
Buenas y perdona la tardanza de la respuesta, vayamos al lío.
El recurso de alzada es un recurso que contempla la actual ley de del procedimiento administrativo común LEY 39/2015 mediante el cual tú no estás de acuerdo con una notificación que se te ha realizado desde la Administración Pública, en este caso el ministerio de defensa.

El recurso de alzada es el primer recurso que puedes interponer a dicha administración por no estar de acuerdo en lo que se te ha notificado en este caso "NO APTO" esta notificación no es firme hasta que pasa el plazo de un mes, teniendo este mes para presentar el recurso de alzada.

El recurso de alzada lo tienes que presentar tú, o bien ante el órgano que lo dictó o bien ante su superior jerárquico, en este caso la subdelegación que te ha notificado, la administración tiene un plazo máximo para responderte de 3 meses, en caso de que no te respondan en tres meses se considera silencio administrativo, es decir no te han dado la razón.

Cuando pasan estos tres meses según la actual ley vigente 39/2015 del procedimiento administrativo común se te abre otro recurso, que es el recurso potestativo de reposición (ESTE RECURSO SOLO LO PUEDES INTERPONER UNA VEZ QUE HAYAN PASADO LOS 3 MESES DESDE QUE INTERPUSISTE EL RECURSO DE ALZADA Y NO HAS OBTENIDO RESPUESTA DE LA ADMINISTRACIÓN)

Este recurso potestativo de reposición también has de ponerlo ante el órgano que lo dictó a su superior jerárquico y tiene un plazo de un mes para responderte, a diferencia del recurso de alzada si en este mes no te responden se reconoce que es un acto tácito es decir, que te han dado la razón.
Normalmente y lo más probable es que no te den la razón y te jodas, aunque tampoco es seguro, este recurso potestativo de reposición es el que AGOTA VÍA ADMINISTRATIVA.

En caso de que la administración no te de la razón podrías ya irte por los juzgados del Contencioso-Administrativo, que solo se puede ir por ahí cuando has agotado la vía administrativa, en estos juzgados se enjuicia a la administración por notificaciones en las que no estás de acuerdo con dicha administración y ya has agotado la vía administrativa.
Para poder irte por esta vía necesitas contratar a un letrado y ahí ya enjuiciarías al ministerio de defensa y sería un juez quien dicte sentencia sobre tu caso.
Un saludo y espero haberte aportado algo de luz.
Lucha y constancia

Cruz de San Hermenegildo Medalla Balmis Cruz del Aniversario

Avatar de Usuario

Autor
InfanteM

Soldado
Mensajes: 22
Registrado: Mié, 21 Ene 2015, 16:32
Medallas: 1

Re: Recurso de alzada

Mensaje por InfanteM »

AdaCanaryIslands escribió: Mar, 17 Dic 2019, 17:19 Buenas y perdona la tardanza de la respuesta, vayamos al lío.
El recurso de alzada es un recurso que contempla la actual ley de del procedimiento administrativo común LEY 39/2015 mediante el cual tú no estás de acuerdo con una notificación que se te ha realizado desde la Administración Pública, en este caso el ministerio de defensa.

El recurso de alzada es el primer recurso que puedes interponer a dicha administración por no estar de acuerdo en lo que se te ha notificado en este caso "NO APTO" esta notificación no es firme hasta que pasa el plazo de un mes, teniendo este mes para presentar el recurso de alzada.

El recurso de alzada lo tienes que presentar tú, o bien ante el órgano que lo dictó o bien ante su superior jerárquico, en este caso la subdelegación que te ha notificado, la administración tiene un plazo máximo para responderte de 3 meses, en caso de que no te respondan en tres meses se considera silencio administrativo, es decir no te han dado la razón.

Cuando pasan estos tres meses según la actual ley vigente 39/2015 del procedimiento administrativo común se te abre otro recurso, que es el recurso potestativo de reposición (ESTE RECURSO SOLO LO PUEDES INTERPONER UNA VEZ QUE HAYAN PASADO LOS 3 MESES DESDE QUE INTERPUSISTE EL RECURSO DE ALZADA Y NO HAS OBTENIDO RESPUESTA DE LA ADMINISTRACIÓN)

Este recurso potestativo de reposición también has de ponerlo ante el órgano que lo dictó a su superior jerárquico y tiene un plazo de un mes para responderte, a diferencia del recurso de alzada si en este mes no te responden se reconoce que es un acto tácito es decir, que te han dado la razón.
Normalmente y lo más probable es que no te den la razón y te jodas, aunque tampoco es seguro, este recurso potestativo de reposición es el que AGOTA VÍA ADMINISTRATIVA.

En caso de que la administración no te de la razón podrías ya irte por los juzgados del Contencioso-Administrativo, que solo se puede ir por ahí cuando has agotado la vía administrativa, en estos juzgados se enjuicia a la administración por notificaciones en las que no estás de acuerdo con dicha administración y ya has agotado la vía administrativa.
Para poder irte por esta vía necesitas contratar a un letrado y ahí ya enjuiciarías al ministerio de defensa y sería un juez quien dicte sentencia sobre tu caso.
Un saludo y espero haberte aportado algo de luz.
De tardanza nada compañero, todo lo contrario, muchas gracias por molestarte en responder tan extensa y detalladamente.

Madre mía, cuánta burocrácia, como si un soldado raso cobrase 2000 euros.
Lo que no acabo de entender es lo del recurso potestativo de reposición. Si no me responden en el plazo de un mes, significa que me dan la razón, pero en tal caso, ¿como se supone que sería notificado? A parte, que entre recurso y recurso, con la tontería se te pasan tranquilamente 6 meses.

Entiendo que el visto bueno dependerá de la "gravedad" de la exclusión médica, de lo "permisivo" que pueda ser el órgano que corresponda y de lo "sólido" que puedan ser tus argumentos/informes (o al menos, así debería )aunque como según has comentado y con bastante convicción, (supongo que ya sabes de que va el rollo, a parte veo que estás en el ET) citaré textualmente, "Lo más probable es que no te den la razón", si vas a nadar para acabar muriendo en la orilla, entonces, ¿Para qué tanta parafernalia si tienes siempre las de perder?
¿Crees realmente que todo esto sirve para algo o conoces de alguien que tras todo este proceso, haya sido admitido? Yo he estado documentandome pero no he encontrado nada al respecto y tampoco tengo ni familiares, amigos o conocidos militares a los que poder pedir opinión.

Parece todo un proceso muy intrincado que no acaba llevando a ninguna parte pero bueno, de todas formas podría intentarlo que tampoco pierdo nada, así que de perdidos al río... Pero bueno paso a paso, primero la convocatoria, después una buena nota y después ya veremos.

Muchas gracias otra vez y un saludo.

Luchador sin batalla que ganar
apartado en el olvido
Secuestrado contra tu voluntad
desconociendo el futuro
Cansado de esperar una señal
que no acaba de llegar
Harto de ver los días pasar
Sin que no ocurra nada

Medalla Balmis

Avatar de Usuario

AdaCanaryIslands

Sargento Primero
Mensajes: 154
Registrado: Jue, 01 Jun 2017, 17:51
Medallas: 6

Re: Recurso de alzada

Mensaje por AdaCanaryIslands »

InfanteM escribió: Mié, 18 Dic 2019, 21:40 De tardanza nada compañero, todo lo contrario, muchas gracias por molestarte en responder tan extensa y detalladamente.

Madre mía, cuánta burocrácia, como si un soldado raso cobrase 2000 euros.
Lo que no acabo de entender es lo del recurso potestativo de reposición. Si no me responden en el plazo de un mes, significa que me dan la razón, pero en tal caso, ¿como se supone que sería notificado? A parte, que entre recurso y recurso, con la tontería se te pasan tranquilamente 6 meses.

Entiendo que el visto bueno dependerá de la "gravedad" de la exclusión médica, de lo "permisivo" que pueda ser el órgano que corresponda y de lo "sólido" que puedan ser tus argumentos/informes (o al menos, así debería )aunque como según has comentado y con bastante convicción, (supongo que ya sabes de que va el rollo, a parte veo que estás en el ET) citaré textualmente, "Lo más probable es que no te den la razón", si vas a nadar para acabar muriendo en la orilla, entonces, ¿Para qué tanta parafernalia si tienes siempre las de perder?
¿Crees realmente que todo esto sirve para algo o conoces de alguien que tras todo este proceso, haya sido admitido? Yo he estado documentandome pero no he encontrado nada al respecto y tampoco tengo ni familiares, amigos o conocidos militares a los que poder pedir opinión.

Parece todo un proceso muy intrincado que no acaba llevando a ninguna parte pero bueno, de todas formas podría intentarlo que tampoco pierdo nada, así que de perdidos al río... Pero bueno paso a paso, primero la convocatoria, después una buena nota y después ya veremos.

Muchas gracias otra vez y un saludo.
Cuando realizas el recurso de alzada, la administración (en este caso el ministerio de defensa) tiene un plazo máximo para responderte de tres meses, si no lo hacen, qué es lo normal, se entiende jurídicamente como SILENCIO ADMINISTRATIVO.

Pero hasta que no pasen estos 3 meses no puedes interponer el recurso potestativo de resolución, recuerda que como te dije estos recursos entran dentro de la VÍA ADMINISTRATIVA.

La principal diferencia entre el recurso de alzada y el potestativo de resolución:
RECURSO ALZADA - TIEMPO DE RESPUESTA - MÁX 3 MESES - SINO TE RESPONDEN SILENCIO ADMINISTRATIVO - (ES DECIR, NO TE HAN DADO LA RAZÓN)
RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN - TIEMPO DE RESPUESTA - MÁX 1 MES - SINO TE RESPONDEN ES UN ACTO TÁCITO (ES, DECIR TE HAN DADO LA RAZÓN)

IMPORTANTE EL RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN AGOTA VÍA ADMINISTRATIVA CON LA ADMINISTRACIÓN. , esto lo que quiere decir que supongamos que interpones el potestativo de reposición y te han respondido como que no te han aceptado el recurso, SE DA POR FINALIZADA LA VÍA ADMINISTRATIVA por este asunto, esto en otras palabras significa que ya no vas a poder hablar de tú a tú con la administración, es decir de aquí para adelante te va a tocar BOXEAR en los juzgados, y no en cualquier juzgado en los juzgados de CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO, son juzgados especiales para enjuiciar a la Administración, especialmente para eso.

Y ahí ya dicta sentencia un Juez, no la administración, los jueces en este país deben ser imparciales, digo deben ser porque a día de hoy... enfin no voy a meterme a esto porque se me podría ir de las manos y no interesa, pero este es el procedimiento normal que debes seguir.

Una vez llegues al Contencioso-Administrativo no existen "amigos" ni "coleguitas" en estos juzgados va a dictar un juez sentencia y al juez se la suda que la enjuiciada sea la administración, si el juez te da la razón a ti, se acabó. Ellos no pueden decir ni MISA.

También te adelanto, que necesitas la asistencia de letrado y NO SÉ si de procurador para poder irte a los juzgados del contencioso administrativo.
Pero recuerda y lo más importante para llegar hasta ahí, primero debes poner RECURSO DE ALZADA, luego POTESTATIVO DE REPOSICIÓN y en caso de que no te den la razón con este último irte a los juzgados del Contencioso-Administrativo.
Lucha y constancia

Cruz de San Hermenegildo Medalla Balmis Cruz del Aniversario

Avatar de Usuario

Aleksandr2033

Comandante
Mensajes: 1079
Registrado: Lun, 15 Abr 2019, 14:51
Medallas: 20
Ubicación: Madrid

Re: Recurso de alzada

Mensaje por Aleksandr2033 »

Tengo que decir que nunca me había interesado tanto Derecho desde que leo a este tío... Pinta muy bien, ¿por casualidad estudiaste Derecho o pretendes ir al Cuerpo Jurídico Militar? Pura curiosidad.

Cruz Laureada de San Fernando Gran cruz de San Hermenegildo Placa de San Hermenegildo Encomienda de San Hermenegildo Medalla militar Cruz de guerra Cruz de Carlos III 1ª Mérito Militar III Mérito Militar II Mérito Militar I Mérito Naval I Cruz de Alfonso X Cruz de San Hermenegildo Medalla Balmis Cruz del Aniversario

Avatar de Usuario

AdaCanaryIslands

Sargento Primero
Mensajes: 154
Registrado: Jue, 01 Jun 2017, 17:51
Medallas: 6

Re: Recurso de alzada

Mensaje por AdaCanaryIslands »

Aleksandr2033 escribió: Jue, 19 Dic 2019, 23:41 Tengo que decir que nunca me había interesado tanto Derecho desde que leo a este tío... Pinta muy bien, ¿por casualidad estudiaste Derecho o pretendes ir al Cuerpo Jurídico Militar? Pura curiosidad.
Estoy opositando aparte de al EA, a la policía local. Un saludo.
Lucha y constancia

Cruz de San Hermenegildo Medalla Balmis Cruz del Aniversario

Avatar de Usuario

Autor
InfanteM

Soldado
Mensajes: 22
Registrado: Mié, 21 Ene 2015, 16:32
Medallas: 1

Re: Recurso de alzada

Mensaje por InfanteM »

AdaCanaryIslands escribió: Jue, 19 Dic 2019, 21:44 Cuando realizas el recurso de alzada, la administración (en este caso el ministerio de defensa) tiene un plazo máximo para responderte de tres meses, si no lo hacen, qué es lo normal, se entiende jurídicamente como SILENCIO ADMINISTRATIVO.

Pero hasta que no pasen estos 3 meses no puedes interponer el recurso potestativo de resolución, recuerda que como te dije estos recursos entran dentro de la VÍA ADMINISTRATIVA.

La principal diferencia entre el recurso de alzada y el potestativo de resolución:
RECURSO ALZADA - TIEMPO DE RESPUESTA - MÁX 3 MESES - SINO TE RESPONDEN SILENCIO ADMINISTRATIVO - (ES DECIR, NO TE HAN DADO LA RAZÓN)
RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN - TIEMPO DE RESPUESTA - MÁX 1 MES - SINO TE RESPONDEN ES UN ACTO TÁCITO (ES, DECIR TE HAN DADO LA RAZÓN)

IMPORTANTE EL RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN AGOTA VÍA ADMINISTRATIVA CON LA ADMINISTRACIÓN. , esto lo que quiere decir que supongamos que interpones el potestativo de reposición y te han respondido como que no te han aceptado el recurso, SE DA POR FINALIZADA LA VÍA ADMINISTRATIVA por este asunto, esto en otras palabras significa que ya no vas a poder hablar de tú a tú con la administración, es decir de aquí para adelante te va a tocar BOXEAR en los juzgados, y no en cualquier juzgado en los juzgados de CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO, son juzgados especiales para enjuiciar a la Administración, especialmente para eso.

Y ahí ya dicta sentencia un Juez, no la administración, los jueces en este país deben ser imparciales, digo deben ser porque a día de hoy... enfin no voy a meterme a esto porque se me podría ir de las manos y no interesa, pero este es el procedimiento normal que debes seguir.

Una vez llegues al Contencioso-Administrativo no existen "amigos" ni "coleguitas" en estos juzgados va a dictar un juez sentencia y al juez se la suda que la enjuiciada sea la administración, si el juez te da la razón a ti, se acabó. Ellos no pueden decir ni MISA.

También te adelanto, que necesitas la asistencia de letrado y NO SÉ si de procurador para poder irte a los juzgados del contencioso administrativo.
Pero recuerda y lo más importante para llegar hasta ahí, primero debes poner RECURSO DE ALZADA, luego POTESTATIVO DE REPOSICIÓN y en caso de que no te den la razón con este último irte a los juzgados del Contencioso-Administrativo.
Vale, ahora ya me ha quedado mucho más claro todo el proceso.
La verdad es que se ve una gestión un poco larga, tediosa, y puede que costosa también, y como bien has dicho un juez supuestamente ha de ser imparcial en estos casos, pero sólo diré que debido a mi profesión he tenido que acudir a juicios de forma regular y muchos de los jueces te tratan casi como si tu fueras el delincuente...
En fin, se podría intentar por que de todas formas que no pierdo nada.

Muchas gracias otra vez compañero, un saludo.

Luchador sin batalla que ganar
apartado en el olvido
Secuestrado contra tu voluntad
desconociendo el futuro
Cansado de esperar una señal
que no acaba de llegar
Harto de ver los días pasar
Sin que no ocurra nada

Medalla Balmis

Cerrado

Volver a “2019 (Año V)”

  • El objetivo del chat es el de conversar con otros usuarios, para plantear dudas aunque las consideres poco importantes, debes usar los foros.
      Consejo:
      Evita usar el chat para preguntar dudas, para que tu duda sirva para otros usuarios y no se pierda en el tiempo. Utiliza los foros para preguntar tus dudas.
      Está desconectado.