Si por ejemplo estás 5 años en el ejército y luego coges la excedencia te siguen computando los 5 años para las plazas reservadas de la GC o tienes que estar en activo?
Gracias.
Gracias.
Interesante,desde luego si te puedes permitir la excedencia,estudiar a tope durante 2 años y luego volver al trabajo ya tienes mucho recorrido con la oposición...chokie escribió: ↑Mié, 21 Abr 2021, 12:26
Tienes que estar en activo. Pero puedes haber cogido una excecencia de 12 años y seguir contando con esos 6 años* de servicio.
*Solo se pueden acoger a la excecencia los militares de carrera y los militares de tropa y marinería con el compromiso de larga duración suscrito (y eso es a los 6 años)
Además hay que tener en cuenta que la excedencia tiene una duración mínima de 2 años y una máxima de 12.
Si te puedes permitir vivir 2 años sin sueldo, sí