Distintivo de Permanencia militar en la Guardia Civil
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SoldierMan
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Distintivo de Permanencia militar en la Guardia Civil
Tengo concedido un Distintivo de Permanencia en mi unidad militar, puedo ponérmelo en el traje de representación de la GC en su lugar correspondiente?
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adriblanco787

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Re: Distintivo de Permanencia militar en la Guardia Civil
El personal de la Guardia Civil podrá hacer uso de otros distintivos de organismos de la Administración General del Estado creados por disposiciones de al menos rango de orden ministerial y cuya concesión venga recogida en un diario oficial, o de cualquiera otra Administración u organización, nacional o extranjera, así como aquellos regulados para el personal de las Fuerzas Armadas en su normativa específica.
Esto es lo que pone la norma de la uniformidad en la guardia civil, la verdad que he visto distintivos de PM en Guardias Civiles y me suena de ver distintivos de unidades militares, pero es como en las FAS la gente pone algunas veces lo que le da la gana.
Un saludo!
Esto es lo que pone la norma de la uniformidad en la guardia civil, la verdad que he visto distintivos de PM en Guardias Civiles y me suena de ver distintivos de unidades militares, pero es como en las FAS la gente pone algunas veces lo que le da la gana.
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sergiomomesa

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Re: Distintivo de Permanencia militar en la Guardia Civil
Orden PCM/208/2023, de 2 de marzo, por la que se aprueban las normas de uniformidad de la Guardia Civil..
«BOE» núm. 54, de 4 de marzo de 2023, páginas 32305 a 32349 (45 págs.)
La persona titular de la Dirección General definirá los criterios en virtud de los cuales el personal de la Guardia Civil podrá usar los distintivos que le hayan sido concedidos, sin requerimiento de autorización previa. Para el resto de los distintivos, será necesaria la autorización previa de la persona titular de la Dirección General, pudiendo supeditarse la misma al cumplimiento de determinadas condiciones concretas sobre su uso.
Únicamente se autorizará el uso de distintivos que reconozcan capacidades, destinos o vicisitudes profesionales relacionadas con las misiones que la Guardia Civil tiene encomendadas.
«BOE» núm. 54, de 4 de marzo de 2023, páginas 32305 a 32349 (45 págs.)
Artículo 44. Otros distintivos.
1. El personal de la Guardia Civil podrá hacer uso de otros distintivos de organismos de la Administración General del Estado creados por disposiciones de al menos rango de orden ministerial y cuya concesión venga recogida en un diario oficial, o de cualquiera otra Administración u organización, nacional o extranjera, así como aquellos regulados para el personal de las Fuerzas Armadas en su normativa específica.La persona titular de la Dirección General definirá los criterios en virtud de los cuales el personal de la Guardia Civil podrá usar los distintivos que le hayan sido concedidos, sin requerimiento de autorización previa. Para el resto de los distintivos, será necesaria la autorización previa de la persona titular de la Dirección General, pudiendo supeditarse la misma al cumplimiento de determinadas condiciones concretas sobre su uso.
Únicamente se autorizará el uso de distintivos que reconozcan capacidades, destinos o vicisitudes profesionales relacionadas con las misiones que la Guardia Civil tiene encomendadas.
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SoldierMan
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Re: Distintivo de Permanencia militar en la Guardia Civil
Con esta orden entiendo que no se puede poner, debido a que no tiene ninguna relación con la GC. Verdad?sergiomomesa escribió: Mié, 18 Sep 2024, 16:45Orden PCM/208/2023, de 2 de marzo, por la que se aprueban las normas de uniformidad de la Guardia Civil..
«BOE» núm. 54, de 4 de marzo de 2023, páginas 32305 a 32349 (45 págs.)
Artículo 44. Otros distintivos.1. El personal de la Guardia Civil podrá hacer uso de otros distintivos de organismos de la Administración General del Estado creados por disposiciones de al menos rango de orden ministerial y cuya concesión venga recogida en un diario oficial, o de cualquiera otra Administración u organización, nacional o extranjera, así como aquellos regulados para el personal de las Fuerzas Armadas en su normativa específica.
La persona titular de la Dirección General definirá los criterios en virtud de los cuales el personal de la Guardia Civil podrá usar los distintivos que le hayan sido concedidos, sin requerimiento de autorización previa. Para el resto de los distintivos, será necesaria la autorización previa de la persona titular de la Dirección General, pudiendo supeditarse la misma al cumplimiento de determinadas condiciones concretas sobre su uso.
Únicamente se autorizará el uso de distintivos que reconozcan capacidades, destinos o vicisitudes profesionales relacionadas con las misiones que la Guardia Civil tiene encomendadas.
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sergiomomesa

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Re: Distintivo de Permanencia militar en la Guardia Civil
Es lo que dice la normativa.
Por suponer, permanencia en Artillería de Campaña o en Caballería , no guarda relación con las funciones que ejerce la Guardia Civil.
Por suponer, permanencia en Artillería de Campaña o en Caballería , no guarda relación con las funciones que ejerce la Guardia Civil.
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Olmo

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Re: Distintivo de Permanencia militar en la Guardia Civil
Puedes pedir a la GC que te autorice llevarlo, y podrán concedértelo o denegártelo.
Pero vamos, que yo conozco a varios que no les concedieron llevar el distintivo de los paracas, se lo ponen igual, y todavía no les ha dicho nadie nada.
Pero vamos, que yo conozco a varios que no les concedieron llevar el distintivo de los paracas, se lo ponen igual, y todavía no les ha dicho nadie nada.
Guardia Civil
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sergiomomesa

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Re: Distintivo de Permanencia militar en la Guardia Civil
Hay cientos, miles de caballeros paracaidistas y caballeros legionarios, que llevan con orgullo en el uniforme el distintivo. Pero no me suena a ver visto otro distintivo de permanencia.
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