Duda sobre excedencia voluntaria por interés particular tras acceder a funcionario de carrera

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Xandor

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Duda sobre excedencia voluntaria por interés particular tras acceder a funcionario de carrera

Mensaje por Xandor »

Buenas,
Tengo una duda sobre la aplicación del Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, relativo a las situaciones administrativas de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado.
Actualmente he prestado aproximadamente 10 años de servicio en el Ministerio de Defensa. En caso de que aprobara una plaza de funcionario de carrera en otra Administración Pública, mi duda es la siguiente:
El Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo establece un requisito de al menos 5 años de servicios previos para poder solicitar la excedencia voluntaria por interés particular (acudo a este RD dado que con la oposición aprobada me convertiría en funcionario civil). 
Sin embargo, yo ya supero ampliamente ese tiempo de servicio en una AAPP.
¿Tendría derecho a solicitar dicha excedencia inmediatamente tras tomar posesión como funcionario de carrera, aunque los servicios previos sean en otra Administración distinta?
Agradezco cualquier aclaración o experiencia al respecto.
Gracias de antemano.

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formacamp
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chokie

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Re: Duda sobre excedencia voluntaria por interés particular tras acceder a funcionario de carrera

Mensaje por chokie »

La primera pregunta es si la nueva administración a la que estarás adscrito es general del Estado, autonómica o local. Y después de eso, si no fuera general del Estado habría que entrar a ver los requisitos para solicitar la excedencia voluntaria por interés particular de esa misma administración.

En el mejor de los casos, en principio, tienes derecho a ella porque has cumplido los 5 años inmediatos que requiere la solicitud. Pero la excedencia no es un derecho perfecto, no tienes derecho a ella per sé y hay matices por los que pudieran denegarte esa excedencia. Un caso probable, son las necesidades del servicio que el mismo artículo que has leído menciona. Es muy fácil que te aplicasen eso por muchos motivos relacionados la necesidad de personal:

- Su ausencia inmediata afecta al servicio
- No ha prestado servicio efectivo en su puesto

Recapitulando, la base legal te permite realizar la solicitud. Pero, se puede dar el caso de que te la denieguen con todas las de la ley.
Si te han resuelto una duda, vuelve a contarnos como te ha ido.
Tu problema de hoy, es el de un compañero mañana.


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Xandor

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Re: Duda sobre excedencia voluntaria por interés particular tras acceder a funcionario de carrera

Mensaje por Xandor »

Gracias por tu respuesta,
respondiendo a tu pregunta, si, sería la AGE.

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