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Habilitación personal de seguridad

Publicado: Vie, 07 Abr 2017, 02:21
por Foxtrot628
Buenas, quería saber si alguien sabe exactamente en qué consiste la prueba o formulario que te dan para obtener el HPS que requieren ciertos destinos ¿Existen algunos requisitos mínimos establecidos o es a valoración discrecional? Por requisitos me refiero a cosas como: no haber nacido en X país, no haber vivido más de X tiempo fuera de España, no haber causado baja en tal sitio previamente, etc ¿Lo pasa todo el mundo sí o sí, o se dan casos excepcionales de no obtención? ¿Influye mucho el grado de "confidencial", "secreto y "reservado" a la hora de dicha obtención? 

Re: Habilitación personal de seguridad

Publicado: Vie, 07 Abr 2017, 11:54
por Pliskin
Requisitos para la HPS:
Con carácter general, los requisitos para poder solicitar HPS son: 
  1. Tener más de 18 años de edad. 
  2. Tener plena capacidad legal. 
  3. Ser español, o nacional de algún Estado miembro de la OTAN o de la UE, o nacional de algún otro Estado con el que ESPAÑA tenga establecido Acuerdo para la Protección de información clasificada, que contemple el pleno reconocimiento mutuo de la facultad para emitir HPS válidas y de la capacidad de ejecución de los procedimientos asociados. Se estudiará caso por caso la conveniencia o no de la concesión, al objeto de evitar que se dé un posible conflicto de lealtades. 
  4. El solicitante ha ostentado alguna de dichas nacionalidades durante el siguiente tiempo mínimo, inmediato al de solicitud de la HPS:
    - tres (3) años, para HPS de grado “CONFIDENCIAL”
    - cinco (5) años, para HPS de grado “RESERVADO”
    - diez (10) años, para HPS de grado “SECRETO”
  1. Tratándose de casos de doble nacionalidad, en los que una de las nacionalidades del solicitante no coincida con alguna de las señaladas anteriormente, la solicitud de HPS será objeto de un análisis caso por caso, al objeto de evitar que se dé un posible conflicto de lealtades. 
Tranquilo es un mero trámite. Te dejo un link del CNI con todo lo que debes de saber para la HPS, podrás ver las distintas fases del proceso y como se hacen, pero te ayudan a hacer todos los trámites (creo que era un un mes en Madrid, ya no se si coincidiendo con la formación específica o aparte): https://www.cni.es/comun/recursos/desca ... al-HPS.pdf

Re: Habilitación personal de seguridad

Publicado: Vie, 07 Abr 2017, 11:56
por Ejm92
Yo ando igual o mas perdido que tu en este tema compañero. Pregunté a un amigo que ya está dentro, y me comento que simplemente es ir y firmar unos papeles, no puede haber problema alguno. Por lo que entiendo eso, si no tienes antecedentes, sin problemas te la van a dar.

Te dejo enlace con algo de información.
https://www.cni.es/comun/recursos/desca ... al-HPS.pdf

De todas formas si alguien mas puesto en el tema nos puede resolver la duda, sera de agradecer. Un saludo!

Re: Habilitación personal de seguridad

Publicado: Vie, 07 Abr 2017, 12:38
por Caminante
Yo he estado destinado en dependencias donde se tramitan las HPS y el copia-pega de Pliskin lo explica más o menos bien. Las HPS es un documento por el que la Oficina Nacional de Seguridad, dependiente del CNI reconoce que una persona es digna de confianza para el acceso a Información Clasificada. El proceso para la concesión se resumiría así:
  • En la ONS se recepciona los formularios de solicitud que previamente se han presentado en los Puntos de Control por conducto reglamentario a través de las unidades de destino.
  • Se procede a realizar una investigación del entorno personal y familiar del interesado que previamente a manifestado su consentimiento en formulario de solicitud. En esa investigación se comprueba que no existan riesgos para la seguridad por las circunstancias personales del interesado. Existen varios supuestos en los que se podría denegar la concesión de HPS. En este caso se comunica por escrito al interesado. Estos supuestos pueden ser:
  1.   -Tener relación familiar o de amistad con alguien fichado por tener vínculos con el terrorismo o el crimen organizado.  -Tener una enfermedad terminal.  -Tener tendencias sexuales fuera de lo corriente cuya práctica pueda ser conocida por personas ajenas a la organización.  -Tener problemas con Hacienda.  -Estar inscrito en el registro de morosos.  -Tener antecedentes penales, aunque el delito haya prescrito.
  • Si el resultado de la investigación, que por norma debe durar un mínimo de 6 meses (si no ha cambiado ésto) da como resultado que no existen riesgos, la ONS comunica, por conducto reglamentario, al Mando de Personal de cada Ejército que el interesado cumple con los requisitos para la obtención de la HPS y se procede a la grabación del dato en SIPERDEF.
Desde ese momento para poder salir de misión, o asistir a jornadas de ICCS específicas (que son obligatorias para poder salir) hay que solicitar, a través de los Jefes de Seguridad de la Información de cada unidad, el Certificado de Habilitación de Seguridad (Security Clearance) para el período y el motivo específico que se necesite y llevarlo junto al resto de documentación de carácter personal en los viajes de misión. También se necesita para trabajar en secretarías.

Espero que os haya servido de aclaración. Un saludo.

Re: Habilitación personal de seguridad

Publicado: Vie, 13 Oct 2017, 08:53
por Excalibur86
Caminante escribió:Yo he estado destinado en dependencias donde se tramitan las HPS y el copia-pega de Pliskin lo explica más o menos bien. Las HPS es un documento por el que la Oficina Nacional de Seguridad, dependiente del CNI reconoce que una persona es digna de confianza para el acceso a Información Clasificada. El proceso para la concesión se resumiría así:
  • En la ONS se recepciona los formularios de solicitud que previamente se han presentado en los Puntos de Control por conducto reglamentario a través de las unidades de destino.
  • Se procede a realizar una investigación del entorno personal y familiar del interesado que previamente a manifestado su consentimiento en formulario de solicitud. En esa investigación se comprueba que no existan riesgos para la seguridad por las circunstancias personales del interesado. Existen varios supuestos en los que se podría denegar la concesión de HPS. En este caso se comunica por escrito al interesado. Estos supuestos pueden ser:
  1.   -Tener relación familiar o de amistad con alguien fichado por tener vínculos con el terrorismo o el crimen organizado.  -Tener una enfermedad terminal.  -Tener tendencias sexuales fuera de lo corriente cuya práctica pueda ser conocida por personas ajenas a la organización.  -Tener problemas con Hacienda.  -Estar inscrito en el registro de morosos.  -Tener antecedentes penales, aunque el delito haya prescrito.
  • Si el resultado de la investigación, que por norma debe durar un mínimo de 6 meses (si no ha cambiado ésto) da como resultado que no existen riesgos, la ONS comunica, por conducto reglamentario, al Mando de Personal de cada Ejército que el interesado cumple con los requisitos para la obtención de la HPS y se procede a la grabación del dato en SIPERDEF.
Desde ese momento para poder salir de misión, o asistir a jornadas de ICCS específicas (que son obligatorias para poder salir) hay que solicitar, a través de los Jefes de Seguridad de la Información de cada unidad, el Certificado de Habilitación de Seguridad (Security Clearance) para el período y el motivo específico que se necesite y llevarlo junto al resto de documentación de carácter personal en los viajes de misión. También se necesita para trabajar en secretarías.

Espero que os haya servido de aclaración. Un saludo.
¿Sabes cada cuanto hay que renovar el certificado H.P.S ? Gracias

Re: Habilitación personal de seguridad

Publicado: Vie, 13 Oct 2017, 14:02
por drewing
Excalibur86 escribió: ¿Sabes cada cuanto hay que renovar el certificado H.P.S ? Gracias
Cada 5 años, por lo menos la confidencial, la secreta y reservada no lo se seguro, pero me suena que es igual.
Un saludo.