Antigüedad operativa del ET al EA

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AdaCanaryIslands

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Antigüedad operativa del ET al EA

Mensaje por AdaCanaryIslands »

Estuve destinado en el ejército de Tierra dos años, luego me salí e inmediatamente después entré al ejército del aire.

Mi antigüedad administrativa contempla el tiempo de tierra.
Ahora en la dependencia donde ejerzo mis actividades me gustaría solicitar mi antigüedad “real” si es que existe como tal.

Me refiero yo entré a las FAS en 2017, estuve fuera el tiempo Justo hasta que salió ciclo nuevo y volví a entrar al aire.

Tengo compañeros que ingresaron en 2020 a las FAS por por primera vez y según ellos son más antiguos que yo. 
¿Esto es cierto? ¿Normativa donde quede reflejado?

Tenía entendido que la antigüedad operativa la perdías si estabas más de un ciclo fuera de las FAS, pero si salías y volvías a entrar sin esperar un ciclo esa antigüedad no la perdías.

¿Alguien puede arrojar algo de información? Gracias.
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Olmo

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Re: Antigüedad operativa del ET al EA

Mensaje por Olmo »

Lo que digan o dejen de decir tus compañeros da igual. ¿Quien tiene un número mas bajo en el escalafón? 
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AdaCanaryIslands

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Re: Antigüedad operativa del ET al EA

Mensaje por AdaCanaryIslands »

¿Cómo se ve eso?
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chokie

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Re: Antigüedad operativa del ET al EA

Mensaje por chokie »

AdaCanaryIslands escribió: Dom, 07 Ene 2024, 16:29Tengo compañeros que ingresaron en 2020 a las FAS por por primera vez y según ellos son más antiguos que yo. 
¿Esto es cierto? ¿Normativa donde quede reflejado?
AdaCanaryIslands escribió: Dom, 07 Ene 2024, 18:25¿Cómo se ve eso?

Tu antigüedad la has perdido, lo que no has perdido es el tiempo de servicio. ¿Qué quiere decir esto?

A efectos de trienios, el tiempo que hiciste en tierra, computa.
A efectos de presentarte a la Guardia Civil, el tiempo que hiciste en tierra, computa.
A efectos del ascenso a cabo, donde se solicita el escalafón, el tiempo que hiciste en tierra no vale para nada. Porque aunque tú tienes unos años de antigüedad en la Administración General del Estado, tu antigüedad en el empleo de Soldado del Ejército del Aire es de 2020.

Entonces, tu compañero que te dice que es más antiguo que tú, probablemente lo sea. Tú, cuando cumplas 6 años con la AGE, tu compañero habrá cumplido 4. Con lo que tú podrás solicitar el CLD y tu compañero no. Pero si tu compañero y tú pedís la misma vacante, tu compañero te la pisa.

Espero que se entienda lo que quiero decir. Una cosa son los años de servicio y otra es el escalafón.

Por otra parte, el escalafón lo puedes ver en varios sitios. En el Portal Personal (solo podrás ver el tuyo), en el BOD y en sistemas como SIPERDEF.
Y si el compañero que te dice eso es de tu ciclo del aire. Podrás ver en el BOD  la lista de ordenamiento, de cuando terminaste la fase general, que es cuando se ordena el escalafón de soldados.
Si te han resuelto una duda, vuelve a contarnos como te ha ido.
Tu problema de hoy, es el de un compañero mañana.


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Antonio77

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Re: Antigüedad operativa del ET al EA

Mensaje por Antonio77 »

Chokie, yo estuve 4 años en el et y volví al et a un sitio más tranquilo  al siguiente ciclo como el compañero,la pregunta es:
Para el CLD tengo que sacar estos requisitos nuevos que sacaron o al a ver estado 4 años + 2 que haga en nada lo podré firmar con los requisitos anteriores que habían o no.
Leí por ahí que el requisito para la solicitud del CLD eran tener 5 años de servicio de los cuales 3 sean en el último ejército,eso sí que lo cumplo,la duda es esa de estos nuevos requisitos de si me afectan o no.
Muchas gracias

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chokie

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Re: Antigüedad operativa del ET al EA

Mensaje por chokie »

Antonio77 escribió: Dom, 07 Ene 2024, 21:48Chokie, yo estuve 4 años en el et y volví al et a un sitio más tranquilo  al siguiente ciclo como el compañero,la pregunta es:
Para el CLD tengo que sacar estos requisitos nuevos que sacaron o al a ver estado 4 años + 2 que haga en nada lo podré firmar con los requisitos anteriores que habían o no.
A ver, tu caso es demasiado concreto. Te puedo remitir a lo que la legislación actual contempla. Tu situación estaría en el limbo. Porque la norma es de aplicación a aquellos que suscriban el CLD siendo del ciclo 2022, que sería tu caso. Pero también es cierto que tú cumplirás los requisitos, 4 años antes que tus compañeros de ciclo. Así que, lo único que te puedo decir es que solicites el CLD tal y como estés en el momento y ya se encargarán ellos de admitirtelo o tirártelo. Yo, personalmente creo, que los requisitos no los contemplarán hasta 2028. Pero prueba.

Disposición final primera. Modificación de la Orden DEF/3316/2006, de 20 de octubre, por la que se regulan determinados aspectos de los compromisos, el cambio de relación de servicios y el cambio de especialidad del militar profesional de tropa y marinería.
La Orden DEF/3316/2006, de 20 de octubre, por la que se regulan determinados aspectos de los compromisos, el cambio de relación de servicios y el cambio de especialidad del militar profesional de tropa y marinería, queda modificada como sigue:

Uno. El párrafo 1 del apartado tercero queda redactado del siguiente modo:

«1. Podrán suscribir el compromiso de larga duración los militares profesionales de tropa y marinería que lo soliciten, cumplimentando el impreso del anexo III, y que cumplan los siguientes requisitos:

a) Tener cumplidos más de cinco años de servicios, de los que, al menos, los tres últimos serán con el ejército con el que se suscribe este compromiso.
b) Poseer la nacionalidad española.
c) Haber sido evaluados y declarados idóneos.
d) Tener cumplidos los tiempos mínimos de permanencia en los destinos que, en su caso, establezcan los Jefes de Estado Mayor de los Ejércitos y de la Armada.
e) Superar los reconocimientos médicos y pruebas psicológicas para el personal de las Fuerzas Armadas contempladas en el Reglamento para la determinación de la aptitud psicofísica del personal de las Fuerzas Armadas, aprobado por el Real Decreto 944/2001, de 3 de agosto.
f) Superar las pruebas físicas periódicas establecidas en la Orden Ministerial 54/2014, de 11 de noviembre, por la que se establecen las pruebas físicas periódicas a realizar por el personal de las Fuerzas Armadas.
g) Haber superado, además de los módulos impartidos en la enseñanza de formación, aquellos módulos correspondientes al ciclo de formación profesional de referencia para su especialidad fundamental que determinen los Jefes de Estado Mayor de los Ejércitos y de la Armada.
h) Estar en posesión del nivel de aptitud en competencias digitales, contenido en el Plan Nacional de Competencias Digitales, que establezca la persona titular del Ministerio de Defensa para cada uno de los Ejércitos y para la Armada a propuesta motivada de sus respectivos Jefes de Estado Mayor.
i) Estar en posesión de las competencias lingüísticas que hayan sido adquiridas o convalidadas en las Fuerzas Armadas, correspondientes al Standardised Language Profile (SLP) o al Marco Común Europeo de Referencia (MCER) en lengua inglesa que establezca la persona titular del Ministerio de Defensa para cada uno de los Ejércitos y para la Armada, a propuesta motivada de sus respectivos Jefes de Estado Mayor.»



Dos. Se añade una disposición transitoria tercera con la siguiente redacción:

«Disposición transitoria tercera. Personal de aplicación.
Los requisitos establecidos en el punto 1 del apartado tercero para suscribir el compromiso de larga duración serán de aplicación al personal que se incorpore a las escalas de tropa y marinería a partir del segundo ciclo de la convocatoria del año 2022.
Al personal que solicite suscribir este compromiso con anterioridad le serán de aplicación los siguientes requisitos:

a) Tener cumplidos más de cinco años de servicios, de los que, al menos, los tres últimos serán con el ejército con el que se suscribe este compromiso.
b) Poseer la nacionalidad española.
c) Poseer en el momento de la firma del compromiso el título de Graduado en Educación Secundaria o equivalente.
d) Haber sido evaluados y declarados idóneos.
e) Tener cumplidos los tiempos mínimos de permanencia en los destinos que, en su caso, establezcan los Jefes de Estado Mayor de los Ejércitos y de la Armada.»
Si te han resuelto una duda, vuelve a contarnos como te ha ido.
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Antonio77

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Re: Antigüedad operativa del ET al EA

Mensaje por Antonio77 »

Muchas gracias por la perfecta aclaración, haré eso entonces si,lo solicito y ya se encargarán ellos de aceptar el trámite o justificar el NO para el CLD

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chokie

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Re: Antigüedad operativa del ET al EA

Mensaje por chokie »

Antonio77 escribió: Dom, 07 Ene 2024, 22:54Muchas gracias por la perfecta aclaración
A ti. No dudes en volver aquí a contarnos como te ha ido la experiencia. Tus problemas de hoy serán los de un compañero mañana.
Si te han resuelto una duda, vuelve a contarnos como te ha ido.
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Mercuri

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Re: Antigüedad operativa del ET al EA

Mensaje por Mercuri »

Antonio77 escribió: Dom, 07 Ene 2024, 21:48 Chokie, yo estuve 4 años en el et y volví al et a un sitio más tranquilo  al siguiente ciclo como el compañero,la pregunta es:
Para el CLD tengo que sacar estos requisitos nuevos que sacaron o al a ver estado 4 años + 2 que haga en nada lo podré firmar con los requisitos anteriores que habían o no.
Leí por ahí que el requisito para la solicitud del CLD eran tener 5 años de servicio de los cuales 3 sean en el último ejército,eso sí que lo cumplo,la duda es esa de estos nuevos requisitos de si me afectan o no.
Muchas gracias
Son 6 años, de los cuales los últimos 3 deben ser en el ejército en el que se solicita el CLD, se puede solicitar desde los 12 meses anteriores a que llegue esa fecha. 
Los que tengan el primer compromiso en el ET de 2 años + un segundo en el EA de 3 años, deben solicitar un ajuste de tiempos (de 1 año) para llegar a los 6, y luego solicitar el CLD.
Los que tengan 2 compromisos en el ET (4 años), deberán cumplir el primer compromiso en el EA de 3 años para poder solicitar el CLD, así que al final cumplen 7 años de servicio.

Sobre que norma os aplicarán, aun no hemos recibido instrucciones porque no ha habido casos aun, pero supongo que no tardarán en llegar porque ya se ha presentado gente de esta nueva norma a las ucos.
- No respondo dudas por privado, abrir un hilo donde participe más gente te proporcionará una mejor respuesta y permitirá que otros que vengan detrás también se beneficien de ello. -

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Antonio77

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Re: Antigüedad operativa del ET al EA

Mensaje por Antonio77 »

Para el CLD cuenta desde la entrada al Cefot o desde que se juta bandera, y se podía solicitar a los 5 años y 3 meses creo recordar o no es así.
Muchas gracias

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chokie

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Re: Antigüedad operativa del ET al EA

Mensaje por chokie »

Antonio77 escribió: Mar, 09 Ene 2024, 15:46Para el CLD cuenta desde la entrada al Cefot o desde que se juta bandera, y se podía solicitar a los 5 años y 3 meses creo recordar o no es así.
Muchas gracias

Cuenta. Se puede iniciar los trámites a los 5 años y 1 día
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Mercuri

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Re: Antigüedad operativa del ET al EA

Mensaje por Mercuri »

Antonio77 escribió: Mar, 09 Ene 2024, 15:46 Para el CLD cuenta desde la entrada al Cefot o desde que se juta bandera, y se podía solicitar a los 5 años y 3 meses creo recordar o no es así.
Muchas gracias
Todos los compromisos empiezan desde que pisas el cefot, aunque lo firmes el día de la jura. El CLD lo puedes solicitar al cumplir los 5 años como dice Chokie
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