Estoy recopilando información acerca de las exclusiones médicas que se exigen para entrar a oficial de DCE en el EA y me surge la siguiente duda:
¿El cuadro médico que se aplica es el que cita la Orden PCI/6/2019, de 11 de enero no? ¿y dentro de qué grupo se encontraría el oficial según la tabla adjunta (la pongo en un mensaje aparte por el límite de caracteres)? Vaya lo pregunto xq mi intención era para cerciorarme de si cumplo con los requisitos antes meterme de tropa y luego promocionar, no siendo que pase algo por alto y la cague pero bien.
He visto en un post antiguo del foro, "Reconocimiento médico - Promoción Interna EA - Ciberespacio/DCA" del jueves 22 de Julio de 2021, que se hacía referencia a la Orden Ministerial 23/2011. Este hilo no obtuvo respuesta, por lo que me gustaría reflotarlo y dejar resulta la duda (que como ya he dicho es de mi interés).
Un saludo y muchas gracias.
1er Ciclo 2024 [Objetivo Aire]: 6.467 --> No apto médico
Grupo 1: Pilotos de avión y helicóptero.
Grupo 2: Tripulantes aéreos, mecánicos de vuelo, médicos / enfermeros de vuelo, Rescatadores, supervisores de carga, paracaidistas manuales
Grupo 3: Controladores aéreos (excepto CTA), pilotos de UAV/RPAV/Drones
Grupo 4: Paracaidistas automáticos
Juanky88 escribió: ↑Mar, 26 Mar 2024, 11:28
Los oficiales DCE tienen que pasar el reconocimiento correspondiente a Controlador aéreo.
Dagama escribió: ↑Mar, 26 Mar 2024, 10:38
Grupo 1: Pilotos de avión y helicóptero.
Grupo 2: Tripulantes aéreos, mecánicos de vuelo, médicos / enfermeros de vuelo, Rescatadores, supervisores de carga, paracaidistas manuales
Grupo 3: Controladores aéreos (excepto CTA), pilotos de UAV/RPAV/Drones
Grupo 4: Paracaidistas automáticos
Buenas, y en la especialidad de ciberespacio sabeis que reconocimiento medico se pasa? Tengo entendido que el mas exigente es a los de especialidad vuelo que les pasan CIMA.
He buscado en los documentos que habeis adjuntado y no he encontrado nada.
La especialidad de ciberespacio tiene que pasar el reconocimiento médico correspondiente a la oposición, que es la que se contempla en las bases de la opo. Pero ellos no tienen que pasar ninguno de los 4 tipos de CIMA, porque por sus funciones no lo necesitan.
P.D: Que a veces el reconocimiento se haga en las instalaciones del CIMA, no significa que estén pasando un reconocimiento médico de los contemplados específicamente en el CIMA para pilotos/controladores/paracaidistas)
Juanky88 escribió: ↑Mar, 26 Mar 2024, 11:28
Los oficiales DCE tienen que pasar el reconocimiento correspondiente a Controlador aéreo.
Buenos días de nuevo.
Entiendo que la normativa que aplica para esta especialidad son las qeu se citan en los archivos que se encuentran en la página del CIMA de "Valoración de la aptitud médica del personal de las Fuerzas Armadas con responsabilidad de vuelo" del Ejército del Aire, en los apartado reconocimiento médico inicial, más las exclusiones médicas correspondientes del cuadro médico de exclusiones para el ingreso en las academias de oficiales no?
Dejo adjunta la normativa:
Las de responsabilidad de vuelo son las de piloto. Que es más estricto que la de controlador, que es más estricto a su vez que el reconocimiento médico normal.
Pero es esa documentación que he subido la que siguen para realizar las pruebas del grupo III para los oficiales de DCA que se presentan a la oposición no? Ya sea por acceso directo o por promoción interna. Vaya yo es la única normativa que he encontrado al respecto que hace mención a ese reconocimiento médico más estricto. Por saber exactamente las exclusiones de dicho reconocimiento médico de antemano, no siendo que luego me lleve sorpresas.
Por otra parte, en dicho reconocimiento se fijan en tu historial clínico? Yo tengo entendido que eso no lo pueden hacer, pero bueno lo pregunto para corroborarlo.
Un saludo
1er Ciclo 2024 [Objetivo Aire]: 6.467 --> No apto médico
Esto es lo que decía la última convocatoria para oficiales por promocion interna: "Las personas aspirantes del Ejército del Aire y del Espacio que opten a plazas de las especialidades con responsabilidad de Vuelo deberán, además, superar el cuadro médico de exclusiones establecido en la Orden Ministerial 23/2011, modificada por la Orden Ministerial 62/2012 y por la Orden DEF/862/2014, de 21 de mayo, para obtener o mantener la aptitud necesaria para las funciones de responsabilidad de vuelo del nivel o grupo correspondiente según la especialidad elegida" El grupo III sería el de controlador de interceptación que es en lo que hoy en día se forman los oficiales de la especialidad DCE.
Y no, a tu historial clínico civil no pueden acceder en esos reconocimientos. Sin embargo, si pasas varias veces por el CIMA a lo largo de tu carrera militar, sí que van a tener acceso a todos los resultados de las pruebas que te hayan hecho allí.