naviador escribió:hola compañeros! tengo un duda respecto a los dias libres y vacaciones de tropa y marineria.
El personal de las fuerzs armadas tienen vacaciones? me refiero a los que pertenecen a unidades de emergencia, como policia militar, aerea, naval o contraincendios,,,
yo tenia entendido que el resto de unidades agosto es de vacaciones, pero y estas? alguien tiene que quedar en las bases custodiandolas no?
luego el tema de los dias libres, pueden llamarte para ir un dia que libres? por ejemplo policia aerea o contraincendios que libran bastantes dias, pueden ser llamados los dias que tienen libres?
seguramente son dudas que a muchos nos interesan, muchs gracias compañeros!
Como veo que esto tiene bastantes visitas, supongo que le interesará a bastante gente....así que entre que responde alguien que lo sepa a ciencia cierta o no, te comentaré lo que sé por el Ejército de Tierra....supongo que en este caso sí será parecido...
Las vacaciones no son en agosto; en mi unidad lo normal era que la mitad del personal se las cogiera en julio y la otra mitad en agosto. Los acuartelamientos nunca se quedan vacíos.
En las especialidades que trabajan a turnos/guardias se lleva "otro rollo" y dista mucho de una unidad a otra. Misma especialidad, distinta unidad, los turnos dependen del personal disponible y de los mandos. Desconozco si en el EA se podrá dar esto, pero un conocido mío (en la vida civil) trabaja un día 24 horas y libra 4-5 días. Suele trabajar unos 6-7 días al mes, pero luego no tiene mes de vacaciones....aquí supongo que podrá darse ese caso también, porque realmente las horas de curro anuales son las mismas; pero como digo, eso depende de muchos factores para que pueda darse o no. Incluso podría darse el caso que se les propuso, hacer eso mismo, pero tener mes de vacaciones; ¿cómo? pues haciendo el doble de horas en julio/agosto y librando el otro mes...es decir, en julio trabajaba 24 horas libraba 2 días; así echaban las horas de julio y agosto, y los de agosto al revés.... como digo, en los trabajos a turnos se pueden hacer muuuuchos juegos, todo depende del personal que haya, de los mandos, de lo que permita la ley, y de otros factores (en el caso de mi conocido, al ser una empresa, pues es ponerse de acuerdo, votarlo entre todos y demás...), aquí, pues desconozco el procedimiento ordinario, pero supongo que lo que diga el mando, siempre teniendo en cuenta, sobretodo, el personal del que dispone, pues los servicios han de hacerse sí o sí con x número de personas y según qué servicios, ese número aumenta o disminuye según otros factores (nivel alerta...).
A lo de que te puedan llamar...evidentemente te podrán llamar si sucede alguna emergencia, al igual que si un compañero se pone malo y eres su imaginaria, pero supongo/espero que sean casos excepcionales. Lo que sí veo más normal que pueda suceder en este tipo de trabajo a turnos es que en tus días libres te toque hacer cursos, reciclajes y movidas varias.... por lo que al final en cómputo horas echarías más...
Pero como digo, he contestado con lo que sé del E.T y del caso de mi conocido en una empresa civil, a ver si alguien que sepa cómo va la cosa en el EA nos responde a esto y otras tantas dudas que tenemos sobre dicho ejército.
Un saludo