aclineman56 escribió: Mié, 23 Ene 2019, 12:17
No, a ver. Lo que no puedes hacer es firmar el contrato de larga duración hasta los 45 si has pasado 6 años seguidos en una unidad. Por ejemplo, entras en la Legión en Almería y te estás ahí 6 años seguidos, pues ahí no puedes firmar el contrato de larga duración. O bien haces un contrato, luego si hay plazas te vas a otra unidad, y luego vuelves a la que entraste, o simplemente te cambias de unidad antes de firmar ese contrato y lo firmas en otra unidad. Así es como me lo han explicado a mí
Le informo mejor, ya que estas equivocado, y puedes llevar a confusión a otros compañeros. De este tema se ha hablado en este foro varias veces, y se dejó claro.
El contrato de larga duración (CLD) nada tiene que ver con el tiempo máximo de permanencia que se exige según boe en estas convocatorias. Segñun la normativa vigente, el CLD se puede solicitar al día siguiente de hacer 5 años de servicios. y tienen un tiempo máximo de 6 meses para dar el apto o no a dicho contrato, por tanto si sale favorable, a los 5 años y 6 meses se tiene concedido dicho contrato, aún no habiendo cambiado de destino.
Con el CLD concedido, que no entra en vigor hasta que se cumple los 6 años de servicio; a los 6 años si no se ha cambiado de destino, se pierde destino y pasa a depender del mando de personal, que asignará uno nuevo cuando proceda, pudiendo ser el mismo o no que el actual. Si por el contrario se ha cambiado de destino, no habrá problema, y si con el CDL concedido se podrá permanecer en dicho destino hasta los 45 años mínimo.
Para resumir, 6 máximo en un destino, pero a los 5 y medio ya se puede tener el compromiso de larga duración si se ha hecho los trámites a tiempo, por tanto podrían cambiarno de destino, pero con el larga duración firmado y con trabajo "asegurado" hasta los 45, aunque fuera en otra ciudad.
Todo esto es con la normativa vigente, que es por la que nos debemos regir, si dentro de X años la cambiará pues habrá que ver que pasa, pero no sería normal que entrara un ley con caracter retroactivo si no favoreciese a los implicados.
Un saludo y espero haber aclarado un poco el tema.