Contrato de larga duración
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Blitz
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Contrato de larga duración
Buenas. Como sabéis, antes de los 6 años, para optar al contrato de larga duración, hay que hacer un cambio de destino. Mis dudas son las siguientes: hay alguna forma de no cambiar de destino y que te den el contrato de larga duración? Y en caso de tener que cambiar de destino, las vacantes a otras unidades se pueden pedir cada año o sólo cuando vayas a renovar contrato?
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chokie

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Re: Contrato de larga duración
Esto es algo que está ya más que hablado por múltiples temas. NO TIENES LA OBLIGACIÓN DE CAMBIAR DE DESTINO.
Lo que sucede es que TU PLAZA, tiene una validez de 6 años. Si antes de 6 años no has solicitado una nueva plaza, pasarás a disposición de personal, que te asignará una plaza nueva donde más se necesite.
Por tanto, puedes solicitar una plaza en CUALQUIER destino, y dependiendo del tipo de vacante se te asignará mediante el sistema ordinario de asignación (antigüedad o libre designación). Si la plaza solicitada y otorgada es distinta a la tuya actual, cambiarás de destino a la nueva plaza elegida. Si la plaza solicitada y otorgada es la misma en la que actualmente estás, tendrás una plaza sin la "caducidad de 6 años" en el destino en el que te encuentras.
Esto se resume a que si tu plaza es, por ejemplo, BRIPAC: Te quedarás en tu plaza con mucha probabilidad. Si tu plaza estuviera en BRICAN, no te quedas ni de broma en esa unidad.
Lo que sucede es que TU PLAZA, tiene una validez de 6 años. Si antes de 6 años no has solicitado una nueva plaza, pasarás a disposición de personal, que te asignará una plaza nueva donde más se necesite.
Por tanto, puedes solicitar una plaza en CUALQUIER destino, y dependiendo del tipo de vacante se te asignará mediante el sistema ordinario de asignación (antigüedad o libre designación). Si la plaza solicitada y otorgada es distinta a la tuya actual, cambiarás de destino a la nueva plaza elegida. Si la plaza solicitada y otorgada es la misma en la que actualmente estás, tendrás una plaza sin la "caducidad de 6 años" en el destino en el que te encuentras.
Esto se resume a que si tu plaza es, por ejemplo, BRIPAC: Te quedarás en tu plaza con mucha probabilidad. Si tu plaza estuviera en BRICAN, no te quedas ni de broma en esa unidad.
Si te han resuelto una duda, vuelve a contarnos como te ha ido.
Tu problema de hoy, es el de un compañero mañana.
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Blitz
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Re: Contrato de larga duración
Mi unidad ha cambiado tanto de nombre como de brigada. Antes era el Arapiles 62 de Barcelona y este año se creó el Barcelona 63. En mi portal personal figura como 2 destinos y me han dicho en la ofap de la unidad que entonces ya cuenta como cambio de destino.chokie escribió: Mié, 04 Nov 2020, 16:35 Esto es algo que está ya más que hablado por múltiples temas. NO TIENES LA OBLIGACIÓN DE CAMBIAR DE DESTINO.
Lo que sucede es que TU PLAZA, tiene una validez de 6 años. Si antes de 6 años no has solicitado una nueva plaza, pasarás a disposición de personal, que te asignará una plaza nueva donde más se necesite.
Por tanto, puedes solicitar una plaza en CUALQUIER destino, y dependiendo del tipo de vacante se te asignará mediante el sistema ordinario de asignación (antigüedad o libre designación). Si la plaza solicitada y otorgada es distinta a la tuya actual, cambiarás de destino a la nueva plaza elegida. Si la plaza solicitada y otorgada es la misma en la que actualmente estás, tendrás una plaza sin la "caducidad de 6 años" en el destino en el que te encuentras.
Esto se resume a que si tu plaza es, por ejemplo, BRIPAC: Te quedarás en tu plaza con mucha probabilidad. Si tu plaza estuviera en BRICAN, no te quedas ni de broma en esa unidad.
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Berberecho

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Re: Contrato de larga duración
A todos los que hemos entrado antes de este año nos figura 2 destinos. No sé cómo irá la cosa, pero en caso de que eso no sirva, a los 6 años te quedas a libre disposición y tienes 3 oportunidades para elegir un destino. Las 2 primeras veces puedes rechazarlo, ya sea porque no te convencen las plazas que salen o lo que sea, pero a la tercera vas a tener que elegir una vacante en otra unidad SÍ o SÍ. Al ser de carácter forzoso el cambio sólo tendrás que echar 1 año en dicha unidad, y en caso de que salgan vacantes interesantes y que a priori no podías aspirar por tema de antiguedad, al ser de carácter forzoso tienes preferencia sobre la gente con más antiguedad. Así es como me lo han explicado. Si alguien que sepa del tema ve que hay algún error, que me corrija. A todos nos interesa esto.Blitz escribió: Jue, 05 Nov 2020, 14:24 Mi unidad ha cambiado tanto de nombre como de brigada. Antes era el Arapiles 62 de Barcelona y este año se creó el Barcelona 63. En mi portal personal figura como 2 destinos y me han dicho en la ofap de la unidad que entonces ya cuenta como cambio de destino.
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Antonio77

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Re: Contrato de larga duración
Yo tengo la misma duda respecto a lo de carácter forzoso,yo tenía pensado que aunque cumplas los 6 años ,no tienes preferencia sobre gente mas antigua a la hora de pedir vacante ya que esa plaza tiene esa fecha de caducidad y cualquiera más antiguo la pisaria,haber si alguien lo sabe a ciencia cierta para saberloBerberecho escribió: Mié, 11 Nov 2020, 23:34 A todos los que hemos entrado antes de este año nos figura 2 destinos. No sé cómo irá la cosa, pero en caso de que eso no sirva, a los 6 años te quedas a libre disposición y tienes 3 oportunidades para elegir un destino. Las 2 primeras veces puedes rechazarlo, ya sea porque no te convencen las plazas que salen o lo que sea, pero a la tercera vas a tener que elegir una vacante en otra unidad SÍ o SÍ. Al ser de carácter forzoso el cambio sólo tendrás que echar 1 año en dicha unidad, y en caso de que salgan vacantes interesantes y que a priori no podías aspirar por tema de antiguedad, al ser de carácter forzoso tienes preferencia sobre la gente con más antiguedad. Así es como me lo han explicado. Si alguien que sepa del tema ve que hay algún error, que me corrija. A todos nos interesa esto.
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Berberecho

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Re: Contrato de larga duración
A ver si alguien que sepa del tema más se pasa por aquí y ayuda, pero precisamente este apartado no debe de ser muy visitado porque lleva el hilo varios días esperando una ayuda.Antonio77 escribió: Jue, 12 Nov 2020, 20:32 Yo tengo la misma duda respecto a lo de carácter forzoso,yo tenía pensado que aunque cumplas los 6 años ,no tienes preferencia sobre gente mas antigua a la hora de pedir vacante ya que esa plaza tiene esa fecha de caducidad y cualquiera más antiguo la pisaria,haber si alguien lo sabe a ciencia cierta para saberlo
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chokie

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Re: Contrato de larga duración
A todos les figura dos destinos, pero la el centro de formación (CFOR) no se considera como destino al uso.Berberecho escribió: Mié, 11 Nov 2020, 23:34A todos los que hemos entrado antes de este año nos figura 2 destinos.
Si te han resuelto una duda, vuelve a contarnos como te ha ido.
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Re: Contrato de larga duración
Tienes prioridad para elegirlas por el hecho de ser forzosas, pero no todas las vacantes son elegibles para destinos forzosos. En la práctica lo de que tienes prioridad se va un poco al garete porque las unidades que te van a ofrecer son las que con menos antiguedad ya las podías haber cogido. Por ejemplo, para que os hagais una idea, Canarias que requiere cierta antigüedad no la van a ofrecer como destino forzoso. En cambio BRIPAC estará casi al 100% en esa lista.
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CazadorJK

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Re: Contrato de larga duración
A lo de que figuran dos destinos se refieren a que les aparece el CFOR, Regimiento Arapiles 62 y ahora actualmente Regimiento Barcelona 63chokie escribió: Vie, 13 Nov 2020, 20:35 A todos les figura dos destinos, pero la el centro de formación (CFOR) no se considera como destino al uso.
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Berberecho

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Re: Contrato de larga duración
Exacto, no me refería al CFOR, sino a que nos aparece el RI Arapiles 62 y también el RI Barcelona 63.CazadorJK escribió: Vie, 13 Nov 2020, 22:05 A lo de que figuran dos destinos se refieren a que les aparece el CFOR, Regimiento Arapiles 62 y ahora actualmente Regimiento Barcelona 63
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chokie

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Re: Contrato de larga duración
En ese caso concreto no sabría que decir. Como he comentado en multiples ocasiones no hay ninguna clausula que te obligue a cambiar de destino antes del contrato de larga duración sino que tu plaza es la que tiene una limitación de 6 años. En el caso de los afectados por el cambio de RI62 a RI63 tienen que asegurarse de que su plaza ya no tiene la limitación de 6 años (Que no sé exáctamente donde se puede mirar).Berberecho escribió: Vie, 13 Nov 2020, 23:09 Exacto, no me refería al CFOR, sino a que nos aparece el RI Arapiles 62 y también el RI Barcelona 63.
Sería lo ideal que en vuestro caso pasaseis por la S1 de vuestra unidad a consultar ese detalle.
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CazadorJK

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Re: Contrato de larga duración
Lo preguntaré a ver que dicen y si tengo respuesta la pondré por aquíchokie escribió: Sab, 14 Nov 2020, 14:43 En ese caso concreto no sabría que decir. Como he comentado en multiples ocasiones no hay ninguna clausula que te obligue a cambiar de destino antes del contrato de larga duración sino que tu plaza es la que tiene una limitación de 6 años. En el caso de los afectados por el cambio de RI62 a RI63 tienen que asegurarse de que su plaza ya no tiene la limitación de 6 años (Que no sé exáctamente donde se puede mirar).
Sería lo ideal que en vuestro caso pasaseis por la S1 de vuestra unidad a consultar ese detalle.
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Re: Contrato de larga duración
Lo agradecería enormementeCazadorJK escribió: Dom, 15 Nov 2020, 12:50 Lo preguntaré a ver que dicen y si tengo respuesta la pondré por aquí
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