Pérdida de destino tras lesión

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Miki96

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Pérdida de destino tras lesión

Mensaje por Miki96 »

Buenos días. Comento la situación de un compañero, a ver si puede aclarar su situación.

Terminó el CEFOT el pasado mes, y tenía que presentarse en su unidad el 31 de mayo. Una semana antes, sobre el 25 de mayo se lesionó de gravedad en el tobillo. En el primer reconocimiento que le hicieron le dijeron que era un esguince de grado 2 y que seguramente tenía que coger la baja. Se presentó el lunes 31 en su unidad y efectivamente le dieron la baja 15 días. 

Viendo que en 10 días no mejoraba, volvió al médico y le mandaron una resonancia ya que podía ser rotura de ligamentos. Y efectivamente, eso fue. Tenía una parte del tobillo con esguince grado 3, y otra parte con los ligamentos rotos.

No precisa de operación afortunadamente, pero la recuperación va a ser muy larga, entorno a 3 o 4 meses. Por supuesto, el plan de instrucción o "mes de la boina" se lo va a perder. La cosa es que le pillan también las vacaciones de verano en medio. Y le han dicho que si no se presenta en x tiempo en la unidad, puede hasta perder el destino.

¿Qué parte de esto es cierto? ¿Qué Orden o Reglamento regula esta situación? ¿Qué va a pasar con él?
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MMLR

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Re: Pérdida de destino tras lesión

Mensaje por MMLR »

Miki96 escribió: Jue, 24 Jun 2021, 12:22¿Qué Orden o Reglamento regula esta situación?
Real Decreto 456/2011, de 1 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de destinos del personal militar profesional.

Artículo 25. Cese en los destinos

h) Inicio del expediente para determinar la insuficiencia de condiciones psicofísicas, excepto en los incoados para la rehabilitación del interesado, en los que se cesará en el destino cuando, declarada la rehabilitación, el militar ocupe un puesto específico para personal declarado apto con limitaciones.
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Miki96

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Re: Pérdida de destino tras lesión

Mensaje por Miki96 »

La lesión no es de por vida, y cuando se recupere, en teoría no le impide ejecutar sus funciones como militar. ¿Dónde lo pueden destinar? Eso ya depende del MAPER supongo.

En prinicipio estaría 4 meses de baja. Pero le han dicho que si está 6 meses puede perder el destino o incluso la plaza. ¿Lo evalúa un Tribunal Médico Militar?
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Miki96

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Re: Pérdida de destino tras lesión

Mensaje por Miki96 »

Creo que he encontrado la respuesta.

Según el RD 456/2011, el punto 2. del Art.18 dice:

"El militar que como consecuencia del resultado de un expediente para determinar si existe insuficiencia de condiciones psicofísicas haya sido declarado útil y apto para el servicio y el que haya sido declarado útil con limitación para ocupar determinados destinos sin ser dicha limitación consecuencia del servicio, tendrán derecho preferente para ocupar las vacantes, adecuadas a su condición psicofísica, que se asignen por concurso de méritos o antigüedad en las relaciones de puestos militares, del Ejército o cuerpo común de pertenencia, correspondientes a unidades ubicadas en el mismo término municipal que su última unidad de destino en territorio nacional. Este derecho se mantendrá durante seis meses desde la resolución del expediente, no pudiendo ser destinado forzoso hasta la finalización de dicho periodo."

De esta manera, entiendo que:
  1. Si se recupera antes de 6 meses y hay vacante en su unidad, sigue en su unidad.
  2. Si se recupera antes de 6 meses y no hay vacante en su unidad, le asignan otra de su misma provincia/comunidad autónoma.
  3. Si se recupera después de 6 meses pierde el derecho a esa vacante y le pueden asignar forzosa cualquiera de España.
Corregidme si no es así. Si estoy en lo cierto, doy por cerrado el tema.

Saludos y gracias!!
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chokie

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Re: Pérdida de destino tras lesión

Mensaje por chokie »

Miki96 escribió: Vie, 25 Jun 2021, 16:04De esta manera, entiendo que:
  1. Si se recupera antes de 6 meses y hay vacante en su unidad, sigue en su unidad.
  2. Si se recupera antes de 6 meses y no hay vacante en su unidad, le asignan otra de su misma provincia/comunidad autónoma.
  3. Si se recupera después de 6 meses pierde el derecho a esa vacante y le pueden asignar forzosa cualquiera de España.
No, ahí te has liado un poco con lo que pone en el texto.

En definitiva, a los 6 meses de ausencia en el destino, se pierde la plaza y se pasa a disposición de dirección de personal. Si después de ser enviado al tribunal médico resulta apto para el servicio, tiene preferencia para elegir una plaza que esté disponible en el mismo término municipal que el de la plaza que ocupaba con anterioridad. Esto, siempre que, EN EL MISMO TÉRMINO MUNICIPAL al que pertenecía su unidad exista una vacante. Y esta preferencia dura 6 meses, lo que quiere decir que tendrá preferencia en la primera remesa de vacantes ordinarias que salga y en la segunda ya no, porque suelen ser cada ~6 meses.

1º. Pierde destino en su unidad
2º Es enviado al tribunal médico
3º Es resultado apto para el servicio

 1 - En la primera remesa de vacantes tiene prioridad de elección en un destino en el mismo término municipal que el anterior.
           - Si no existe vacante en el mismo término municipal, opta a destino en igualdad de condiciones por antigüedad.
2 - Si existe destino en ese término municipal, le es asignado. Si no existe y no tiene suficiente antigüedad, sigue pendiente de destino para la próxima remesa de destinos.
3 - En la próxima remesa de destinos, ya habiendo pasado más de 6 meses, si no obtiene vacante por antigüedad, es destinado de manera forzosa a una unidad.
4 - En la unidad donde resulte destinado forzoso tiene una permanencia mínima de 1 año, y no 2 como sería si fuera destino por antigüedad.

* El tiempo que tarde en recuperarse es indiferente. Los 6 meses empezarán a contar desde que sea declarado apto por el tribunal médico
* El periodo de vacaciones ordinarias no computa como si estuviera de baja. Si está de baja durante 5 meses y se coge 1 mes de vacaciones, solo ha ausente de la unidad, por baja laboral obviamente, 5 meses. Lo otro es un permiso de vacaciones, no tiene nada que ver.
Si te han resuelto una duda, vuelve a contarnos como te ha ido.
Tu problema de hoy, es el de un compañero mañana.


Verba volant, scripta manent.
Per disciplinam meam lux videbis.

No resuelvo dudas por privado.

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Miki96

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Re: Pérdida de destino tras lesión

Mensaje por Miki96 »

chokie escribió: Vie, 25 Jun 2021, 17:17En definitiva...
Enterado!! Muchas gracias por tu respuesta. Como siempre, muy grande!!

Saludos.
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