Renuncia de plaza por lesion
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Juanfri96
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Renuncia de plaza por lesion
Hola buenas, quería saber qué pasaría porque me lesione la rodilla (tengo el informe médico y todo) y tengo que estar 1 mes de reposo y no creo poder hacer las pruebas en el CEFOT así que quería renunciar y presentarme a la siguiente si se puede y no recibir penalización
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chokie

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Re: Renuncia de plaza por lesion
Tienes que presentarte en el CEFOT, allí te darán la baja y evaluarán si te dan de baja o no. Si te dan de baja, tendrás plaza reservada para el próximo ciclo. Si no te presentas al CEFOT te penalizaránJuanfri96 escribió: Sab, 23 Oct 2021, 20:43Hola buenas, quería saber qué pasaría porque me lesione la rodilla (tengo el informe médico y todo) y tengo que estar 1 mes de reposo y no creo poder hacer las pruebas en el CEFOT así que quería renunciar y presentarme a la siguiente si se puede y no recibir penalización
Si te han resuelto una duda, vuelve a contarnos como te ha ido.
Tu problema de hoy, es el de un compañero mañana.
Verba volant, scripta manent.
Per disciplinam meam lux videbis.
No resuelvo dudas por privado.
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Juanfri96
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Re: Renuncia de plaza por lesion
Quería ir a mi centro de formación de aquí y entregar la baja con el justificante y esperar que no me penalicenchokie escribió: Sab, 23 Oct 2021, 22:59
Tienes que presentarte en el CEFOT, allí te darán la baja y evaluarán si te dan de baja o no. Si te dan de baja, tendrás plaza reservada para el próximo ciclo. Si no te presentas al CEFOT te penalizarán
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dnavarro

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Re: Renuncia de plaza por lesion
Tenia entendido que solo te reservan la plaza si has completado 1/3 de la formacionchokie escribió: Sab, 23 Oct 2021, 22:59 Tienes que presentarte en el CEFOT, allí te darán de baja y evaluarán si te dan de baja o no. Si te dan de baja, tendrás plaza reservada para el próximo ciclo. Si no te presentas al CEFOT te penalizarán
Que si te lesionas antes de entrar te jodes y a por la siguinte....
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Juanfri96
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Re: Renuncia de plaza por lesion
No me importaría presentarme a la próxima y sacar más nota alomejor, pero no me gustaría que me penalizarán entregando justificación y demás, abandonar está y presentarme a la siguientednavarro escribió: Dom, 24 Oct 2021, 00:33 Tenia entendido que solo te reservan la plaza si has completado 1/3 de la formacion
Que si te lesionas antes de entrar te jodes y a por la siguinte....
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chokie

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Re: Renuncia de plaza por lesion
Te la reservan si no has completado 2/3 de la formación. Si has completado los 2/3 te evaluan y vas a la siguiente fase. En otras palabras, si faltas 1/3 o más de los 2 meses de formación general, te mandan a tu casa y vuelves al siguiente ciclo.dnavarro escribió: Dom, 24 Oct 2021, 00:33Tenia entendido que solo te reservan la plaza si has completado 1/3 de la formacion
OM 42/2000, Artículo noveno
Acercate a la subdelegación y pregunta, pero estoy casi seguro de que te tendrás que presentar en el CEFOT porque ya tienes plaza asignada.Juanfri96 escribió: Dom, 24 Oct 2021, 00:39No me importaría presentarme a la próxima y sacar más nota alomejor, pero no me gustaría que me penalizarán entregando justificación y demás, abandonar está y presentarme a la siguiente
Y cuidado con no ir por tu cuenta y riesgo:
Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas. escribió:Artículo 8. Faltas graves
21. No incorporarse o ausentarse, injustificadamente, de su destino, del puesto desempeñado o del centro docente militar de formación en el que curse sus estudios, por un plazo superior a veinticuatro horas, que se computará de momento a momento, siendo el inicial aquél en que el interesado debía estar presente en el destino, puesto o centro docente militar de formación.
Si te han resuelto una duda, vuelve a contarnos como te ha ido.
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cazador913

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Re: Renuncia de plaza por lesion
Sin saber cuál es la norma escrita, creo recordar que si quieres que te la guarden vas a tener que ir al cefot, y no solo eso, si no que vas a tener que estar allí hasta que cumplas X días para que te guarden la plaza. Eso sí, estando de baja.
"Ante todo España, sobre todo España"
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Juanfri96
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Re: Renuncia de plaza por lesion
Por lo que pone es injustificadamente, yo tendré justificante médico, así que espero que en mi centro no me pongan problema y me den la baja sin penalizaciónchokie escribió: Dom, 24 Oct 2021, 01:21 Te la reservan si no has completado 2/3 de la formación. Si has completado los 2/3 te evaluan y vas a la siguiente fase. En otras palabras, si faltas 1/3 o más de los 2 meses de formación general, te mandan a tu casa y vuelves al siguiente ciclo.
OM 42/2000, Artículo noveno
Acercate a la subdelegación y pregunta, pero estoy casi seguro de que te tendrás que presentar en el CEFOT porque ya tienes plaza asignada.
Y cuidado con no ir por tu cuenta y riesgo:
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chokie

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Re: Renuncia de plaza por lesion
Reitero en lo de ir a la subdelegación a informarte mejor. Un justificante médico no es una justificación. Una justificación es un deber inexcusable*, si te has roto una pierna, no tienes ningún impedimento real para coger un tren y presentarte en Cádiz.
Repito, que no estoy seguro del todo, pero las únicas opciones que tienes son las de:
- Presentarte en el CEFOT
- Renunciar a la plaza, con la consecuente penalización
Según mi criterio, si te dejasen renunciar a la plaza sin penalización, lo haría cualquier persona que por nota no hubiera obtenido la plaza que le gustaría obtener.
*Tipos de deberes inexcusables.
1.- Pertenencia a un jurado, artículo 7.2 de la LO 5/1995, de 22 de mayo.
2.- El cumplimiento de la citación por juez o tribunal en proceso penal, artículo 463 Código Penal.
3.- El cumplimiento de la citación de comisarías, gobierno civil o militar.
4.- Renovación de DNI, pasaporte, carné de conducir, certificados y registros en centros oficiales, requerimientos y trámites notariales y trámites necesarios en organismos oficiales siempre que no pueda hacerse fuera del horario laboral.
5.- El deber de comparecer en aquellos procesos en donde los funcionarios públicos incurriesen al procedimiento en calidad de testigo o perito, artículo 292 de la Ley Enjuiciamiento Civil.
6.- Comparecer personalmente como demandante en el procedimiento laboral o contencioso. Y por extensión, igualmente, como demandado.
7.- Comparecer en Tribunales de evaluación en ejercicio de un deber cívico.
8.- Genéricamente, el cumplimiento de las resoluciones judiciales cuando impliquen actos que exijan ausentarse del puesto de trajo. Este deber estaría constituido por la aplicación de los artículos 118 de la Constitución Española y 17.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
9.- La participación en procesos electorales y el ejercicio del derecho de sufragio.
10.- Asistencia a las reuniones de los órganos de gobierno y comisiones dependientes de los mismos de que formen parte en su calidad de cargo electo como concejal/a, diputado/a, juntero/a o parlamentario/a.
11.- Visita a un discapacitado internado en un centro, cuando el funcionario ha sido nombrado tutor del mismo.
12.- Desplazamiento para llevar a efecto el régimen de visitas a un menor.
13.- Acompañamiento a parientes minusválidos/as psíquicos/as o físicos/as, hasta 2° grado de consanguinidad o afinidad a la realización de trámites puntuales en razón de su estado.
14.- Asistencia a claustro de la Universidad en calidad de delegado de alumnos.
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chokie

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Re: Renuncia de plaza por lesion
Sí, tiene que estar allí 1/3 de la formación general. Unos 18 díascazador913 escribió: Dom, 24 Oct 2021, 10:28que estar allí hasta que cumplas X días para que te guarden la plaza.
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