Buenas tardes,
Escribo esto para ver si me podéis aclarar alguna duda con el tema de la imposición de falta grave por acumulación de leves.
Hasta donde tenía entendido (de oídas), acumular 3 faltas leves se convertía automáticamente en una falta grave. Pero hace unos días, revisando el régimen disciplinario leí lo siguiente:
Art. 41. Cometer falta leve teniendo anotadas y no canceladas tres faltas leves, sancionadas con arresto.
Entiendo que la falta grave sería constituida a la CUARTA falta leve, siempre y cuando, dichas faltas acumuladas hayan sido sancionadas con ARRESTO.
¿Quiere decir esto que si acumulo 4 faltas leves castigadas con sanción económica no cuentan para constituir una grave? ¿Podría acumular hasta más incluso sin problema alguno?
Espero que podáis arrojar algo luz sobre el tema!
Gracias!
Escribo esto para ver si me podéis aclarar alguna duda con el tema de la imposición de falta grave por acumulación de leves.
Hasta donde tenía entendido (de oídas), acumular 3 faltas leves se convertía automáticamente en una falta grave. Pero hace unos días, revisando el régimen disciplinario leí lo siguiente:
Art. 41. Cometer falta leve teniendo anotadas y no canceladas tres faltas leves, sancionadas con arresto.
Entiendo que la falta grave sería constituida a la CUARTA falta leve, siempre y cuando, dichas faltas acumuladas hayan sido sancionadas con ARRESTO.
¿Quiere decir esto que si acumulo 4 faltas leves castigadas con sanción económica no cuentan para constituir una grave? ¿Podría acumular hasta más incluso sin problema alguno?
Espero que podáis arrojar algo luz sobre el tema!
Gracias!





