Sirve mi GM para ascender a suboficiales?
-
Topic author - Mensajes: 5
- Registrado: Mié, 05 Jul 2023, 11:39
Sirve mi GM para ascender a suboficiales?
Buenas, ahora mismo estoy cursando 2do de GM de Excavaciones y Sondeos. En un futuro, si quisiera promocionar a suboficial por promoción interna en ILG, serviría mi grado para promocionar? O tengo que tener el titulo de GM de deportes si o si?
-
- Mensajes: 1224
- Registrado: Lun, 23 Nov 2020, 16:01
- Medals: 25
Re: Sirve mi GM para ascender a suboficiales?
DonKamaron escribió: Vie, 25 Oct 2024, 19:18Buenas, ahora mismo estoy cursando 2do de GM de Excavaciones y Sondeos. En un futuro, si quisiera promocionar a suboficial por promoción interna en ILG, serviría mi grado para promocionar? O tengo que tener el titulo de GM de deportes si o si?
Para ILG debes tener un título de GM de alguna de estas familias profesionales:
- Seguridad y Medioambiente.
- Electricidad y Electrónica.
- Transporte y Mantenimiento de Vehículos.
- Administración y Gestión.
- Instalación y Mantenimiento.
- Edificación y Obra Civil.
- Informática y Comunicaciones.
- Actividades Físicas y Deportivas.
Tu GM es de la familia profesional de Industrias Extractivas, por lo que no te serviría.
Mateo 7:8: "Porque todo el que pide, recibe; y el que busca, halla; y al que llama, se le abrirá".























-
- Mensajes: 16
- Registrado: Jue, 13 Jun 2024, 12:45
- Medals: 1
Re: Sirve mi GM para ascender a suboficiales?
Buenas una duda mi grado medio en instalaciones de telecomunicaciones si valdría no?

-
- Mensajes: 1224
- Registrado: Lun, 23 Nov 2020, 16:01
- Medals: 25
Re: Sirve mi GM para ascender a suboficiales?
LegendaryAle escribió: Vie, 25 Oct 2024, 23:30Buenas una duda mi grado medio en instalaciones de telecomunicaciones si valdría no?
Sí, pues pertenece a la familia profesional de Electricidad y Electrónica.
Mateo 7:8: "Porque todo el que pide, recibe; y el que busca, halla; y al que llama, se le abrirá".























-
- Mensajes: 7
- Registrado: Vie, 21 Jun 2024, 13:20
Re: Sirve mi GM para ascender a suboficiales?
Quería consulta si el grado medio de Técnico en Guía en el Medio Natural y de Tiempo Libre es valido para infanteria y caballeria
saludos y gracias
saludos y gracias
-
- Mensajes: 1224
- Registrado: Lun, 23 Nov 2020, 16:01
- Medals: 25
Re: Sirve mi GM para ascender a suboficiales?
jjangulo escribió: Mar, 05 Nov 2024, 11:15Quería consulta si el grado medio de Técnico en Guía en el Medio Natural y de Tiempo Libre es valido para infanteria y caballeria
Para INF y CAB debes tener un título de GM de alguna de estas familias profesionales:
- Seguridad y Medioambiente.
- Electricidad y Electrónica.
- Transporte y Mantenimiento de Vehículos.
- Administración y Gestión.
- Instalación y Mantenimiento.
- Edificación y Obra Civil.
- Informática y Comunicaciones.
- Actividades Físicas y Deportivas.
Tu GM es de la familia profesional de Actividades Físicas y Deportivas, por lo que sí te serviría.
Mateo 7:8: "Porque todo el que pide, recibe; y el que busca, halla; y al que llama, se le abrirá".























-
- Mensajes: 3414
- Registrado: Mié, 13 Ago 2014, 13:54
- Medals: 59
- Ubicación: España
Re: Sirve mi GM para ascender a suboficiales?
La convocatoria dice:
Poseer un título de Técnico de Grado Medio establecido en el artículo 41.3 a) de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación en su redacción dada por el artículo 35 de la Ley Orgánica 3/2020 de 29 de diciembre que deberá pertenecer a cualquier de las familias profesionales que dan acceso a la especialidad fundamental que se solicite.
Esto es una reminiscencia de cuando el sistema educativo refería que para acceder a un grado superior desde el grado medio, se requería ser de la misma familia profesional.
Actualmente, todos los Grados Medios dan acceso a TODOS los Grados Superiores. Lo que significa que, legalmente, TODOS los Grados Medios sirven para TODAS las especialidades por la vía B.
Y el artículo 41.3 a) de la LO 2/2006 (Que ni siquiera está actualizado), dice:
3. El acceso a ciclos formativos de grado superior requerirá una de las siguientes condiciones:
a) Estar en posesión del título de Bachiller.
b) Poseer el título de Técnico de Grado Medio de Formación Profesional.
c) Haber superado un curso de formación específico preparatorio para el acceso a ciclos de grado superior en centros públicos o privados autorizados por la administración educativa.
d) Haber superado una prueba de acceso.
e) Estar en posesión de un título de Técnico Superior de Formación Profesional o grado universitario. En los supuestos de acceso al amparo de las letras c) y d), se requerirá tener diecinueve años como mínimo, cumplidos en el año de realización de la prueba.
Y quiero creer, que se han colado y se refieren al 41.3b. En el que establece únicamente que se requiere Grado Medio, sin hacer mención a la especialidad.
Poseer un título de Técnico de Grado Medio establecido en el artículo 41.3 a) de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación en su redacción dada por el artículo 35 de la Ley Orgánica 3/2020 de 29 de diciembre que deberá pertenecer a cualquier de las familias profesionales que dan acceso a la especialidad fundamental que se solicite.
Esto es una reminiscencia de cuando el sistema educativo refería que para acceder a un grado superior desde el grado medio, se requería ser de la misma familia profesional.
Actualmente, todos los Grados Medios dan acceso a TODOS los Grados Superiores. Lo que significa que, legalmente, TODOS los Grados Medios sirven para TODAS las especialidades por la vía B.
Y el artículo 41.3 a) de la LO 2/2006 (Que ni siquiera está actualizado), dice:
3. El acceso a ciclos formativos de grado superior requerirá una de las siguientes condiciones:
a) Estar en posesión del título de Bachiller.
b) Poseer el título de Técnico de Grado Medio de Formación Profesional.
c) Haber superado un curso de formación específico preparatorio para el acceso a ciclos de grado superior en centros públicos o privados autorizados por la administración educativa.
d) Haber superado una prueba de acceso.
e) Estar en posesión de un título de Técnico Superior de Formación Profesional o grado universitario. En los supuestos de acceso al amparo de las letras c) y d), se requerirá tener diecinueve años como mínimo, cumplidos en el año de realización de la prueba.
Y quiero creer, que se han colado y se refieren al 41.3b. En el que establece únicamente que se requiere Grado Medio, sin hacer mención a la especialidad.
Si te han resuelto una duda, vuelve a contarnos como te ha ido.
Tu problema de hoy, es el de un compañero mañana.
Verba volant, scripta manent.
Per disciplinam meam lux videbis.
No resuelvo dudas por privado.
Tu problema de hoy, es el de un compañero mañana.
Verba volant, scripta manent.
Per disciplinam meam lux videbis.
No resuelvo dudas por privado.



























-
You are disconnected.