SoldierMan escribió: Mié, 25 Feb 2026, 16:51fraude de ley o abuso de derecho.
Coger la licencia de lunes a viernes es un fraude de ley de manual, y te explico por qué.
La licencia de asuntos particulares está dispuesta, principalmente, para ser disfrutada en periodos naturales. Y conceden un máximo de 90 días naturales (3 meses). Aunque se permite disfrutar de la licencia por días sueltos.
Lo que tú estás intentando hacer es prolongar la licencia más allá de los 90 días naturales, para obtener un total de 126 días naturales de permiso. Es cierto que no estás obteniendo la licencia ni el sábado ni el domingo, pero también es cierto que tú no trabajas ni el sábado ni el domingo y además no podrías ni siquiera ser nombrado para las guardias de fin de semana porque no estás presente el viernes. De ahí que lo que intentas hacer sea un fraude de ley. Estás utilizando la norma para saltarte otra norma.
Otra situación que no daría
per se a un fraude de ley es disfrutar la licencia en periodos de lunes a jueves, porque en este caso trabajas el viernes y aunque es bastante sospechoso, tiene sentido que el sábado y el domingo no estés de asuntos particulares y además puedes ser nombrado para los servicios de fin de semana.
Yo creo, además, que este caso no es uno de tramítalo y a ver que pasa. Porque el hecho de tramitarlo es lo que pone de manifiesto que estás causando el fraude de ley. Es el intento de engaño lo que te podría traer problemas disciplinarios. Pero, esta es mi interpretación y yo creo que, cuanto te avisan es porque algo ha sucedido ya.
Muchos días salen en boletín licencias de asuntos particulares de lunes a jueves, pero sinceramente, no he visto ninguna de lunes a viernes.
SoldierMan escribió: Mié, 25 Feb 2026, 21:53Pero el problema es que ellos se guian con lo siguiente que aparece en la guia de conciliacion sobre la licencia:
"Los efectos de la licencia no han de prolongarse más allá de los días estrictamente solicitados; no obstante, la solicitud que se formule no puede realizarse de manera que se soliciten dentro de un determinado período únicamente los días laborables y se excluyan los no laborales intermedios, ya que, en este caso, se podría producir un abuso de derecho."
No se hasta que punto esto se puede hacer, porque repito, a lo mejor por el motivo que sea (es una de AAPP, no tengo que justificar ni explicar nada a nadie) a lo mejor solo la necesito los dias laborales.
Con el debido respeto a tu pregunta. Esto que estás diciendo es un chiste. Tú sabes perfectamente que solo necesitas la licencia de lunes a viernes porque el sábado y el domingo no trabajas.
Tú no tienes que justificar el motivo por el que quieres la licencia. Eso es algo que, por supuesto, nadie te debe solicitar, pero lo que aquí tratamos es que quieres interpretar que solo necesitas la licencia los días laborales, lo cual es obvio. Es evidente que no necesitas una licencia de asuntos particulares para los días que no trabajas. Como la guía de conciliación dice, coger el permiso de lunes a jueves puede dar lugar a un abuso de derecho, pero este caso es mucho más difícil demostrarlo porque vienes a trabajar el viernes y puedes hacer servicios el fin de semana. Pero es que tu caso es muy flagrante, no vienes a trabajar nunca, te saltas los días de asuntos particulares el sábado y el domingo y además no puedes hacer servicios durante el fin de semana.
Y además, si estás intentando obtener más de 90 días naturales, es que la ley lo dice más que claro:
1. La licencia por asuntos propios podrá concederse por un plazo máximo de
noventa días naturales en cada periodo de dos años de servicios efectivos prestados,
contados desde la fecha de inicio de la primera de ellas.
Si el primer día de licencia es el 4 de marzo, no puedes estar de licencia el 3 de junio porque son 91 días.
Dicho todo esto, que sepas que ellos no pueden negarse a tramitar la licencia. Pero, las consecuencias que pueda haber, serán exclusivamente para ti.