Esta es una situación que técnicamente no se puede dar. Ya que el día de descanso obligatorio de la guardia del viernes coincide con el día que estarías de guardia. (Lunes de 0:00 a 09:00). Por lo tanto, técnicamente no te pueden nombrar para la guardia del domingo. Ahora bien, esta es una situación que si tú no la reclamas, nadie lo va a hacer por ti y te vas a comer las dos guardias y al coincidir ambos días de descanso obligatorio el mismo día, uno lo vas a perder.
La Orden DEF/1363/2016, lo deja muy claro:
Artículo 11. Descansos obligatorios y adicionales.
1. Por la realización presencial de guardias, servicios o instrucciones continuadas superiores a la jornada de trabajo habitual y cuya ejecución suponga al menos 24 horas ininterrumpidas de actividad y dedicación exclusiva, el personal militar disfrutará, en función de las necesidades del servicio, de un día de descanso obligatorio. Éste será el inmediatamente posterior a la realización de la actividad o, con carácter particular, en el primer día laborable cuando aquella haya tenido lugar en vísperas de no laborable o festivo.
Por tanto, y si dicha guardia no responte a los criterios de individualidad, justificación y motivación para la aplicación de la necesidad del servicio ambas guardias son incompatibles. Pero como te comento, es algo que tienes que reclamar personalmente. Si no lo reclamas antes del servicio, realizas el servicio (que mientras estés nombrado/a tienes la obligación de realizarlo) y tu jefe no te quiere dar el 2º saliente (que sería bajo mano) lo pierdes.
Si te han resuelto una duda, vuelve a contarnos como te ha ido.
Tu problema de hoy, es el de un compañero mañana.
Verba volant, scripta manent.
Per disciplinam meam lux videbis.
No resuelvo dudas por privado.