Tablero global: Capacidades defensivas de España

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Stork

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Tablero global: Capacidades defensivas de España

Mensaje por Stork »

Poder militar: 17º / 145
Gasto en defensa: 22º / 145. 23.000 millones de dolares (+ 25.000 millones en los próximos cuatro años)
Contribución OTAN: 5.8% de participación. 7º / 32
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Nº efectivos: 226.000 efectivos (133.000 en activo). 0,3% de la población. 38º / 145
Nº efectivos EN RESERVA: 15.000 efectivos. 68º / 145
Nº efectivos "PARAMILITARES": 78.000 efectivos. 18º / 145
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EQUIPAMIENTO
  • 461 aeronaves militares. 24º / 145. 137 son aviones de combate. 17º / 145
  • 152 barcos de guerra. 21º / 145. De los pocos países con portaaviones. Sin destructores
  • 2 submarinos
  • 317 tanques de combate. 42º / 145
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PRÓXIMAS INCORPORACIONES
  • Fragatas F-110
  • Submarinos S-80

Noticia: https://www.huffingtonpost.es/sociedad/ ... dulce.html
Estudio: Global Firepower. Enlace directo a España: https://www.globalfirepower.com/country ... y_id=spain
Última edición por Stork el Sab, 22 Mar 2025, 21:13, editado 1 vez en total.
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chokie

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Re: Tablero global: Capacidades defensivas de España

Mensaje por chokie »

Stork escribió: Vie, 21 Mar 2025, 17:54Nº efectivos "PARAMILITARES": 78.000 efectivos. 18º / 145

Tengo dudas respecto a esto

Artículo 22 de la Constitución Española
1. Se reconoce el derecho de asociación.
2. Las asociaciones que persigan fines o utilicen medios tipificados como delito son ilegales.
3. Las asociaciones constituidas al amparo de este artículo deberán inscribirse en un registro a los solos efectos de publicidad.
4. Las asociaciones sólo podrán ser disueltas o suspendidas en sus actividades en virtud de resolución judicial motivada.
5. Se prohíben las asociaciones secretas y las de carácter paramilitar.
Si te han resuelto una duda, vuelve a contarnos como te ha ido.
Tu problema de hoy, es el de un compañero mañana.


Verba volant, scripta manent.
Per disciplinam meam lux videbis.

No resuelvo dudas por privado.

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Stork

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Re: Tablero global: Capacidades defensivas de España

Mensaje por Stork »

Efectivamente.
Artículo 22
1. Se reconoce el derecho de asociación.
2. Las asociaciones que persigan fines o utilicen medios tipificados como delito son ilegales.
3. Las asociaciones constituidas al amparo de este artículo deberán inscribirse en un registro a los solos efectos de publicidad.
4. Las asociaciones sólo podrán ser disueltas o suspendidas en sus actividades en virtud de resolución judicial motivada.
5. Se prohíben las asociaciones secretas y las de carácter paramilitar.
Por mi parte, mi intención es resumir la "noticia", dado que se trata de un estudio anual por parte del medio británico Global Firepower. La intención es redactar de manera breve, clara y concisa la noticia. A raíz de tener en cuenta dicho matiz aportado por chokie, lo tengo matizado entre comillas, dado que efectivamente, esa figura, por darle nombre, no existe en España y queda prohibida


Procedo a continuación a dar una posible explicación de dicho parámetro. Es algo con lo que contaba pero no estaba logrando buscarle una explicación, a si que vamos a intentar echarle cuentas, motivo por el cual, no aclaré previamente
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1. LA INFORMACIÓN
  • 226.000 efectivos = 0,3% de la población. (47,280,433 en total)
  • 78.000 efectivos "PARAMILITARES" = 0,1% de la población
2. LA LEY
Artículo 30
1. Los españoles tienen el derecho y el deber de defender a España.
2. La ley fijará las obligaciones militares de los españoles y regulará, con las debidas garantías, la objeción de conciencia, así como las demás causas de exención del servicio militar obligatorio, pudiendo imponer, en su caso, una prestación social sustitutoria.
3. Podrá establecerse un servicio civil para el cumplimiento de fines de interés general.
4. Mediante ley podrán regularse los deberes de los ciudadanos en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública.
Artículo 136
1. El Gobierno, obtenida la autorización a la que se refiere el artículo 123.2, establecerá, mediante real decreto, las normas para la declaración general de reservistas obligatorios que afectará a los que en el año cumplan una edad comprendida entre diecinueve y veinticinco años. El Gobierno irá concretando su aplicación con criterios objetivos por años de nacimiento, a todo el conjunto o a un número determinado.
2. Las Administraciones Públicas prestarán la colaboración necesaria para formalizar las listas correspondientes, proporcionando las bases de datos para proceder a su identificación y declaración como tales. La gestión de esta información se realizará conforme a la legislación en materia de protección de datos de carácter personal.
3. Los reservistas obligatorios podrán ser asignados a prestar servicios en las Fuerzas Armadas o en otras organizaciones con fines de interés general para satisfacer las necesidades de la defensa nacional.
4. Las causas de carácter personal, profesional, de género o de otra índole que permitan suspender su incorporación, se establecerán reglamentariamente.
Artículo 138 
[Objetores de conciencia. Reseñable]
3. LA ESTADÍSTICA
  • Según el INE: 2.045.421 españoles (ambos sexos) entre los 20 y 24 años [La estadística no permite filtrar de otra manera]
  • 2.045.421 españoles = 4% de la población
  • Teniendo en cuenta que la suma de los efectivos militares + RESERVISTAS (porcentaje inferior al 1%) + OBLIGADOS está en torno al 4%, la cuenta más o menos cuadra. En caso de existir
4. EL APUNTE DEL ESTUDIO
Paramilitary forces / organizations are semi-military entities that can strengthen a given nation's fighting capability on the ground. The value is used in the final GFP ranking to further refine a nation's overall military strength. Some nations can field a frontline, reserve, and paramilitary force while others not capable of sustaining reserves make paramilitary forces a vital component to its defense. Others do not officially support a paramilitary force but may still call upon one. 

Data presented on this list is through 2025. Estimates are made when official data is not available.
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Las fuerzas/organizaciones paramilitares son entidades semimilitares que pueden fortalecer la capacidad de combate de una nación sobre el terreno. Este valor se utiliza en la clasificación final del GFP para refinar la fuerza militar general de una nación. Algunas naciones pueden desplegar una fuerza de primera línea, de reserva y paramilitar, mientras que otras, al no tener la capacidad de mantener reservas, hacen de las fuerzas paramilitares un componente vital para su defensa. Otras no cuentan oficialmente con una fuerza paramilitar, pero aun así podrían recurrir a ella.

Los datos presentados en esta lista corresponden a 2025. Se realizan estimaciones cuando no se dispone de datos oficiales.
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Es algo que llevo un par de días dándole vueltas y volviendome loco porque no terminaba de cuadrar. Creo que tiene sentido, pero si existe otro punto de vista, error o matiz, hacedmelo saber para ver qué información saco

Espero que esta ampliación sirva de ayuda
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Solano

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Re: Tablero global: Capacidades defensivas de España

Mensaje por Solano »

Según la misma página que ofrece los datos se da esta interpretación de lo que contabilizan como "paramilitares":

Paramilitary forces / organizations are semi-military entities that can strengthen a given nation's fighting capability on the ground.

Viene a decir que serían aquellas capacidades disponibles para reforzar las fuerzas armadas en caso de conflicto.

A mí parecer podría hacer referencia a un cuerpo como la Guardia Civil, que por su naturaleza militar lo contabilicen como tal, dado que los efectivos que cuenta a día de hoy ronda los 80.000, no he dado con la cifra oficial a 2024, pero se acerca bastante a los 78.000 que contempla el ranking.

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Stork

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Re: Tablero global: Capacidades defensivas de España

Mensaje por Stork »

Muchas gracias por tal aportación,
No había caído en que la Guardia Civil la pudieran contar como tal en dicho ranking

Muy astuto ahí ;)
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