Inicio el hilo con el mismo texto que el hilo anterior.
***Preguntaros si con la prueba de acceso a grado superior te califican como bachiller en el baremo.
la duda viene por lo siguiente:
El baremo contemplado en la "Resolución 452/38045/2017, de 9 de marzo" dice asi:
Bachillerato LOE, COU y sus equivalentes a efectos académicos ............................................................. 8 puntos
Se valorarán otros estudios homologados y declarados equivalentes, a excepción del equivalente a efectos
laborales (o profesionales) del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
Pero, según el "Art.4.1 de la Orden EDU/1603/2009"
La superación de la prueba de acceso a la formación profesional de grado superior, a las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior y a las enseñanzas deportivas de grado superior, será equivalente al título de Bachiller, a los únicos efectos de acceso a empleos públicos y privados, siempre que se acredite estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente académico.
entonces mi duda viene por eso
¿Como barema la Prueba de Acceso a Grado Superior?***
Ahora la fe de erratas:
La pregunta debería ser
¿Porque barema la Prueba de Acceso a Grado Superior?
Y sobretodo. ¿Por que se califica como bachiller?
En la Resolución 452/38045/2017, de 9 de marzo deja bien claro "Bachiller ó equivalente a efectos académicos" .
Pero según decís la bareman igual que bachiller y el Art.4.1 de la Orden EDU/1603/2009 "Será equivalente A EFECTOS LABORALES".
Como es obvio no me parece que ninguna Subdelegación pueda hacer baremarte como bachiller por que, insisto, NO ES EQUIVALENTE A EFECTOS ACADEMICOS.







