Buenas, a ver si alguien me saca de dudas porque ni en delegación me lo aclaran.
Tengo un tatuaje en la parte de dentro del bíceps.
En la convocatoria pone lo siguiente:
"3.3.g) Carecer de tatuajes que puedan atentar contra la disciplina, la imagen de las
Fuerzas Armadas o contrarios a los valores constitucionales. Tampoco son permitidos los
tatuajes, argollas, espigas, inserciones, automutilaciones o similares que sean visibles
vistiendo las prendas comunes para personal masculino y femenino de los uniformes de
las Fuerzas Armadas, a excepción de los especiales y de educación física."
Yo entiendo que se refiere a que no se vean al vestir el bimeta (Uniforme verde de trabajo) y se exceptúa al vestir pantalón corto y camiseta corta de deporte y con lo cual se prohíben en manos cuello y cara....
Es así y me echarán para atrás en el rec. médico?
Gracias y un saludo.
Tengo un tatuaje en la parte de dentro del bíceps.
En la convocatoria pone lo siguiente:
"3.3.g) Carecer de tatuajes que puedan atentar contra la disciplina, la imagen de las
Fuerzas Armadas o contrarios a los valores constitucionales. Tampoco son permitidos los
tatuajes, argollas, espigas, inserciones, automutilaciones o similares que sean visibles
vistiendo las prendas comunes para personal masculino y femenino de los uniformes de
las Fuerzas Armadas, a excepción de los especiales y de educación física."
Yo entiendo que se refiere a que no se vean al vestir el bimeta (Uniforme verde de trabajo) y se exceptúa al vestir pantalón corto y camiseta corta de deporte y con lo cual se prohíben en manos cuello y cara....
Es así y me echarán para atrás en el rec. médico?
Gracias y un saludo.






